Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060593)
Resolución de 24 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la primera Adenda del Convenio de Encomienda de Gestión entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz, para la realización de actividades de carácter material y técnico a través de las Oficinas Técnicas Comarcales de Vivienda.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025
11000
la Diputación Provincial de Badajoz, para la realización de actividades de carácter material y
técnico a través de las oficinas técnicas comarcales de vivienda (de fecha 9 de julio de 2024),
se modifica la estipulación tercera del convenio en los términos que seguidamente se hacen
constar:
1º. S
e modifica el apartado 1 de la estipulación tercera del convenio, que expresará el literal
que seguidamente se hace constar:
“1. Programas afectados:
1.1 Programas de ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021:
— Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en vi
viendas.
— Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización
y de la accesibilidad en viviendas.
1.2 Programas de ayudas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025:
— Programa de ayuda al alquiler de vivienda.
— Línea específica del Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas
especialmente vulnerables.
— Ayuda para el pago de la renta del alquiler o precio de cesión en uso de la vivienda
o habitación habitual y permanente, dentro del Programa de ayuda a las personas
jóvenes y para contribuir al reto demográfico.
— Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas.
1.3 P
rograma de ayuda estatal “Bono Alquiler Joven”, regulado en el Real Decreto
42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
1.4 Registro de Demandantes de Vivienda protegida de Extremadura.
1.5 C
enso preliminar sobre el estado de conservación y la situación de ruina de los inmuebles de uso residencial radicados en la provincia de Badajoz”.
2º. S
e modifica el apartado 2 de la estipulación tercera del convenio, que presentará el siguiente literal:
Viernes 28 de febrero de 2025
11000
la Diputación Provincial de Badajoz, para la realización de actividades de carácter material y
técnico a través de las oficinas técnicas comarcales de vivienda (de fecha 9 de julio de 2024),
se modifica la estipulación tercera del convenio en los términos que seguidamente se hacen
constar:
1º. S
e modifica el apartado 1 de la estipulación tercera del convenio, que expresará el literal
que seguidamente se hace constar:
“1. Programas afectados:
1.1 Programas de ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021:
— Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en vi
viendas.
— Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización
y de la accesibilidad en viviendas.
1.2 Programas de ayudas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025:
— Programa de ayuda al alquiler de vivienda.
— Línea específica del Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas
especialmente vulnerables.
— Ayuda para el pago de la renta del alquiler o precio de cesión en uso de la vivienda
o habitación habitual y permanente, dentro del Programa de ayuda a las personas
jóvenes y para contribuir al reto demográfico.
— Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas.
1.3 P
rograma de ayuda estatal “Bono Alquiler Joven”, regulado en el Real Decreto
42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
1.4 Registro de Demandantes de Vivienda protegida de Extremadura.
1.5 C
enso preliminar sobre el estado de conservación y la situación de ruina de los inmuebles de uso residencial radicados en la provincia de Badajoz”.
2º. S
e modifica el apartado 2 de la estipulación tercera del convenio, que presentará el siguiente literal: