Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060529)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y el Ayuntamiento de Fuente de Cantos para la prestación de los servicios de centro ocupacional y centro de día dirigidos a personas con discapacidad.
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025

10782

En el momento previo a los pagos de las cantidades conveniadas de acuerdo con lo estipulado en el presente, la entidad deberá acreditar, salvo autorización expresa a esta parte
para su comprobación, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias, con
la seguridad social y la Hacienda Autonómica.
Quinta. Justificación de plazas atendidas y ratios de atención.
Con periodicidad mensual, el Ayuntamiento presentará certificación detallada de las personas
que ocupan los servicios conveniados, y para el caso del centro ocupacional, estas certificaciones incluirán el detalle de la tipología de la ocupación. La certificación deberá comprender
las personas usuarias atendidas en el mes inmediatamente anterior y el cumplimiento de los
ratios profesionales.
La entidad está obligada a presentar mensualmente la certificación del cumplimiento de ratios
conforme a los anexos IV y V, respectivamente, del Decreto 151/2006 de 31 de julio, por el
que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX), de acuerdo
con las directrices establecidas por el órgano gestor.
Sexta. Compromisos y obligaciones de las partes.
El Ayuntamiento de Fuente de Cantos tendrán las siguientes obligaciones:
— Mantenimiento de las condiciones: la entidad estará obligada a mantener durante
el periodo de vigencia del convenio las condiciones y requisitos establecidos para la
prestación de los servicios en el presente apartado así como lo previsto en la cláusula
segunda.
— Disponibilidad de plazas: la entidad se obliga a poner a disposición del SEPAD el número de plazas que expresamente se determinan en el presente convenio. También se
compromete a aceptar a las personas usuarias designadas por el SEPAD para ocupar
las plazas convenidas. La incorporación de la persona usuaria deberá efectuarse en el
plazo máximo de los quince días siguientes a la recepción de la notificación de la plaza
adjudicada, salvo en circunstancias excepcionales.
Prestar el servicio convenido a las personas derivadas por el SEPAD cuyo domicilio radique en cualquiera de los siguientes municipios, por estar incluidos en el ámbito territorial de actuación: Bienvenida, Cabeza la Vaca, Calera de León, Calzadilla de los Barros,
Fuente de Cantos, Fuentes de León, Monesterio, Montemolín, Santa María de Navas,
Segura de León.