Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Rural. Ayudas. (2025060538)
Extracto de la IX convocatoria pública de ayudas bajo la metodología Leader en la Comarca de Olivenza para inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales, ejercicio 2025.
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NÚMERO 41
11180
Viernes 28 de febrero de 2025
caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente convocatoria
aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro, pequeñas y
medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 18 de noviembre de 2020, por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicada, se destinará un montante de 43.814,89 €,
que se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 120030000/G/314A/78000/
FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los
presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Se podrá subvencionar hasta el 65% de la inversión auxiliable a proyectos cuyo importe de
inversión total solicitada sea inferior o igual a 90.000,00 euros, con un límite de importe
máximo de ayuda procedente de la misma de 58.500,00 euros por proyecto, teniendo la consideración de mínimis.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas comenzará el día siguiente a la publicación
de la convocatoria en el DOE Permanecerá abierta durante siete días naturales desde su entrada en vigor, hasta las 14:00 horas del séptimo día.
Mérida, 19 de febrero de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ
11180
Viernes 28 de febrero de 2025
caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente convocatoria
aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro, pequeñas y
medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 18 de noviembre de 2020, por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicada, se destinará un montante de 43.814,89 €,
que se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 120030000/G/314A/78000/
FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los
presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Se podrá subvencionar hasta el 65% de la inversión auxiliable a proyectos cuyo importe de
inversión total solicitada sea inferior o igual a 90.000,00 euros, con un límite de importe
máximo de ayuda procedente de la misma de 58.500,00 euros por proyecto, teniendo la consideración de mínimis.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas comenzará el día siguiente a la publicación
de la convocatoria en el DOE Permanecerá abierta durante siete días naturales desde su entrada en vigor, hasta las 14:00 horas del séptimo día.
Mérida, 19 de febrero de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ