Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Teatro. Ayudas. (2025060536)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Consejera, por la que se aprueba y publica la relación de los espectáculos que han presentado renuncia a la oferta de programación de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, así como los espectáculos excluidos.
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NÚMERO 40
Jueves 27 de febrero de 2025

10656

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2025, de la Consejera, por la que se aprueba
y publica la relación de los espectáculos que han presentado renuncia a la
oferta de programación de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de
Extremadura, así como los espectáculos excluidos. (2025060536)
En el DOE n.º 7, de 13 de enero de 2025, se publicó el Decreto 152/2024, de 12 de diciembre, por el que se regula la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, se
establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes
escénicas y de música y se aprueba la primera convocatoria.
El capítulo II de dicho decreto regula el procedimiento para que las empresas de actividades
escénicas y musicales puedan participar en la oferta de programación de la Red de Teatros y
otros Espacios Escénicos de Extremadura, así como para que se puedan incluir nuevos espectáculos, como paso previo a la convocatoria de ayudas a la programación de artes escénicas
y de música.
En su disposición transitoria tercera se reguló el régimen aplicable, a su entrada en vigor, a
los espectáculos ya integrados en la oferta de progra­mación de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, indicando que serían incorporados de oficio a la oferta de
programación siempre que no manifestasen por escrito, en el plazo de 15 días hábiles desde
la entrada en vigor del decreto, su renuncia.
Asimismo, establece que aquellas empresas que en la actualidad tengan incorporados a la Red
de Teatros y ostros espacios escénicos de Extremadura un número de espectáculos superior al
máximo de los establecidos en el artículo 16 de mencionado decreto deberán solicitar, por escrito en el plazo de 15 días hábiles desde su entrada en vigor, la exclusión de los espectáculos
necesarios para no superar el límite establecido, de otra manera, serán excluidos la totalidad
de los espectáculos integrados en ese momento.
Así pues, una vez finalizado el precitado plazo procede aprobar y dar publicidad a la relación
de espectáculos que han causado baja por renuncia, así como los que han resultado excluidos
en la oferta de programación de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura
por los motivos expuestos, y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Aprobar y publicar la relación de espectáculos que han causado baja, por renuncia,
en la oferta de programación de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura.
Anexo I.