Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025060539)
Resolución de 18 de febrero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada del proyecto de ampliación de industria de fabricación de productos de PET, promovido por Resilux Iberica Packaging, SA, en el término municipal de Higuera la Real (Badajoz).
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NÚMERO 40
10590
Jueves 27 de febrero de 2025
La actividad proyectada se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, concretamente
en el grupo 6.4 del anexo II, relativos a “Tratamiento y obtención de materiales poliméricos”.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, habiéndose
dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley
3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Dirección
General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar la autorización ambiental unificada a favor de Resilux Iberica Packaging, SA, para
la ampliación de una industria de fabricación de productos de PET, en el término municipal
de Higuera la Real, incluida en el grupo 6.4 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, debiéndose, en todo
caso, en el ejercicio de la actividad, dar cumplimiento al condicionado fijado a continuación
y al recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la
presente autorización, sin perjuicio del cumplimiento de las prescripciones establecidas en la
legislación sectorial que resulte de aplicación a la actividad en cada momento. El número de
expediente de la instalación es AAU24/064.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN
- a - Medidas relativas a los residuos generados por la actividad
1. L
a presente resolución autoriza la generación de los siguientes residuos:
CÓDIGO
LER (1)
ORIGEN
CANTIDAD
(kg/año)
Envases de plástico
15 0102
Producción
1.660
Absorbentes, materiales de filtración, trapos de
limpieza y ropas protectoras distintos de los especificados en el código 150202
150203
Producción
4.727
Residuos mezclados previamente, compuestos
exclusivamente por residuos no peligrosos. (2)
190203
Producción
695.520
Papel y cartón
200101
Oficinas/producción
540.475
Equipos eléctricos y electrónicos desechados distintos de los especificados en los códigos 20 01
21, 2 001 23 y 20 01 35
200136
Mantenimiento/Oficinas
30
RESIDUO
10590
Jueves 27 de febrero de 2025
La actividad proyectada se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, concretamente
en el grupo 6.4 del anexo II, relativos a “Tratamiento y obtención de materiales poliméricos”.
A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, habiéndose
dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley
3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Dirección
General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar la autorización ambiental unificada a favor de Resilux Iberica Packaging, SA, para
la ampliación de una industria de fabricación de productos de PET, en el término municipal
de Higuera la Real, incluida en el grupo 6.4 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, debiéndose, en todo
caso, en el ejercicio de la actividad, dar cumplimiento al condicionado fijado a continuación
y al recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la
presente autorización, sin perjuicio del cumplimiento de las prescripciones establecidas en la
legislación sectorial que resulte de aplicación a la actividad en cada momento. El número de
expediente de la instalación es AAU24/064.
CONDICIONADO DE LA AUTORIZACIÓN
- a - Medidas relativas a los residuos generados por la actividad
1. L
a presente resolución autoriza la generación de los siguientes residuos:
CÓDIGO
LER (1)
ORIGEN
CANTIDAD
(kg/año)
Envases de plástico
15 0102
Producción
1.660
Absorbentes, materiales de filtración, trapos de
limpieza y ropas protectoras distintos de los especificados en el código 150202
150203
Producción
4.727
Residuos mezclados previamente, compuestos
exclusivamente por residuos no peligrosos. (2)
190203
Producción
695.520
Papel y cartón
200101
Oficinas/producción
540.475
Equipos eléctricos y electrónicos desechados distintos de los especificados en los códigos 20 01
21, 2 001 23 y 20 01 35
200136
Mantenimiento/Oficinas
30
RESIDUO