Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060503)
Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Gremio de Asesores Fiscales, Contables y de Gestión Empresarial de España para la utilización de la plataforma de presentación y pago telemático de la Junta de Extremadura.
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NÚMERO 40
Jueves 27 de febrero de 2025

10552

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA
Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE
EXTREMADURA Y EL GREMIO DE ASESORES FISCALES, CONTABLES Y
DE GESTIÓN EMPRESARIAL DE ESPAÑA PARA LA UTILIZACIÓN DE LA
PLATAFORMA DE PRESENTACIÓN Y PAGO TELEMÁTICO DE LA JUNTA DE
EXTREMADURA.
Mérida, 12 de febrero de 2025.
REUNIDOS:
De una parte, Dña. Elena Manzano Silva como Consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, para cuyo cargo fue nombrada por el Decreto de la Presidenta
18/2023, de 20 de julio, y facultada para este acto según lo dispuesto en el artículo 53.3 de
la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De otra parte, D. Francisco de Sales Sánchez Casanovas como Presidente del Gremio de Asesores Fiscales, Contables y de Gestión Empresarial de España en representación del mismo
según se acredita en el Certificado de cargos de 23 de diciembre de 2024 y de acuerdo con
las funciones que le atribuye el artículo 23.a) de sus estatutos.
Los reunidos se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente y suscriben, en nombre
de las respectivas entidades, el presente documento y, al efecto:
MANIFIESTAN:
Primero. El artículo 92 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria proclama
la colaboración social, permitiendo, con carácter general, a los interesados, colaborar en la
aplicación de los tributos y señalando, de modo particular, en su apartado 2, que la colaboración social en la gestión de los tributos puede instrumentarse a través de acuerdos de la Administración tributaria con instituciones y organismos representativos de sectores o intereses
sociales, laborales, empresariales o profesionales.
La eficaz colaboración social en la gestión de los ingresos públicos requiere el establecimiento
de unos procedimientos ágiles, sencillos y prácticos de relación entre la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, los obligados tributarios y los representantes de
éstos. Por ello, resulta conveniente para el interés público alcanzar los pertinentes acuerdos
con los indicados representantes.
Segundo. El referido artículo 92 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria,
en su apartado 4, establece que “La Administración tributaria podrá señalar los requisitos y
condiciones para que la colaboración social se realice mediante la utilización de técnicas y
medios electrónicos, informáticos y telemáticos”.