Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060448)
Resolución de 12 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de prórroga y actualización de la financiación, para el año 2025, del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Orellana la Vieja en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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NÚMERO 38
Martes 25 de febrero de 2025

10387

ACUERDO DE PRÓRROGA Y ACTUALIZACIÓN DE LA FINANCIACIÓN, PARA EL AÑO
2025, DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL AYUNTAMIENTO DE ORELLANA LA VIEJA EN LA PRESTACIÓN DE INFORMACIÓN, VALORACIÓN Y ORIENTACIÓN DE
LOS SERVICIOS SOCIALES DE ATENCIÓN SOCIAL BÁSICA.
Mérida, 18 de diciembre de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, doña Sara García Espada, Consejera de Salud y Servicios Sociales de la Junta
de Extremadura, cargo para la que ha sido nombrada por Decreto de la Presidenta 21/2023,
de 20 de julio (DOE núm. 140, de 21 de julio), actuando en virtud de las atribuciones que le
confiere el artículo 36.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, doña María Pilar Carmona Acosta, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Orellana la Vieja, cargo para el que ha sido elegida con fecha de 17 de junio de 2023, actuando
en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos de la presente prórroga y a tal efecto,
EXPONEN:
Primero. Con fecha de 17 de enero de 2024, se suscribió convenio de colaboración entre la
Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de
Orellana la Vieja en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios
sociales de atención social básica.
Segundo. La cláusula décima relativa al periodo de vigencia del convenio establece que: “El
presente Convenio entrará en vigor el mismo día de su firma, si bien, teniendo en cuenta su
objeto, tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2024 hasta el día 31 de diciembre del 2024,
y con independencia del plazo de 17 de febrero de 2025, que regula la cláusula cuarta a efectos de justificación por parte del Ayuntamiento.
En cualquier momento antes del 31 de diciembre de 2024, fecha de finalización del presente
Convenio, las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga en función de las
disponibilidades presupuestarias, o su extinción. La prórroga del Convenio podrá conllevar la
actualización de la financiación y compromisos económicos de cada parte firmante”.