Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060431)
Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de prórroga y actualización de la financiación, para el año 2025, del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Guareña y Torrefresneda en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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NÚMERO 37

10156

Lunes 24 de febrero de 2025

ANEXO I
PRESUPUESTO 2025
DATOS DEL SERVICIO SOCIAL DE ATENCIÓN SOCIAL BÁSICA
“081 GUAREÑA”

Núm. de municipios y/o entidades
locales menores que integran el ser- 2
vicio social de atención social básica

Población
Integrada

6.668

Número de profesionales del
Trabajo Social reconocidos al
3
ssasb por la Consejería de Salud
y Servicios Sociales

PRESUPUESTO TOTAL AÑO 2025

Concepto

Presupuesto
(100 %)

Aportación de la Consejería de
Salud y Servicios Sociales
(99 %)

Aportación de la Entidad
Local (1 %)

Personal

119.222,37 €

118.030,15 €

1.192,22 €

Funcionamiento

1.350,00 €

1.336,50 €

13,50 €

TOTAL

120.572,37 €

119.366,65 €

1.205,72 €

Datos de las retribuciones en cómputo anual de un profesional del Trabajo Social utilizados
según artículo 5.2 del Decreto 99/2016, de 5 de julio.
Total Retribuciones

Cotización empresarial a la seguridad social

Presupuesto total

29.857,84 €

9.882,95 €

39.740,79 €

Datos del coste máximo del funcionamiento teniendo en cuenta el número de municipios y/o
entidades locales menores que integran el servicio social de atención social básica según artículo 5.2.b) del Decreto 99/2016, de 5 de julio.
Número de municipios y/o entidades locales
menores que integran el servicio social de
atención social básica

Cuantía por cada profesional
reconocido para cada servicio social
de atención social básica

1

360,00 €

2

450,00 €

1

Anexos I y II de la Resolución de 14 de noviembre de 2024 (DOE núm. 228, de 22 de noviembre de 2024).

2

Artículo 6.b) del Decreto 99/2016, de 5 de julio.