Ayuntamiento De Puebla De Alcocer. Urbanismo. (2025080283)
Anuncio de 11 de febrero de 2025 sobre aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización.
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NÚMERO 37
10265
Lunes 24 de febrero de 2025
AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE ALCOCER
ANUNCIO de 11 de febrero de 2025 sobre aprobación definitiva del Proyecto
de Urbanización. (2025080283)
Acuerdo del Pleno de fecha 20 de diciembre de 2024, del Ayuntamiento de Puebla de Alcocer
por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Urbanización.
Habiéndose aprobado definitivamente el Proyecto de Urbanización para la ejecución material
del siguiente sector:
Unidad de Actuación afectada
N.º 8
Instrumento de Planeamiento que desarrolla
Normas Subsidiarias de Planeamiento, aprobadas el
23 de agosto de 1993
Se publica a los efectos del artículo 69 del Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de
diciembre, en relación con el artículo 122 y de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Puebla de Alcocer, 11 de febrero de 2025. El Alcalde-Presidente, GONZALO HERNÁN RAYO.
10265
Lunes 24 de febrero de 2025
AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE ALCOCER
ANUNCIO de 11 de febrero de 2025 sobre aprobación definitiva del Proyecto
de Urbanización. (2025080283)
Acuerdo del Pleno de fecha 20 de diciembre de 2024, del Ayuntamiento de Puebla de Alcocer
por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Urbanización.
Habiéndose aprobado definitivamente el Proyecto de Urbanización para la ejecución material
del siguiente sector:
Unidad de Actuación afectada
N.º 8
Instrumento de Planeamiento que desarrolla
Normas Subsidiarias de Planeamiento, aprobadas el
23 de agosto de 1993
Se publica a los efectos del artículo 69 del Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de
diciembre, en relación con el artículo 122 y de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente, en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación,
de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Puebla de Alcocer, 11 de febrero de 2025. El Alcalde-Presidente, GONZALO HERNÁN RAYO.