Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2025060476)
Resolución de 11 de febrero de 2025, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Nueva línea subterránea de media tensión, de 20 kV, de enlace entre Robledillo de Gata y la alquería de Erías, en los términos municipales de Robledillo de Gata y Pinofranqueado (Cáceres)". Expte.: AT-9410.
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NÚMERO 36
Viernes 21 de febrero de 2025
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Robledillo de Gata: 01/02/2023.
Periódico Extremadura: 08/02/2023.
9970
— No han sido solicitados informes a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general por haber sido aportados por el peticionario.
— El proyecto, por sus características y afecciones, está sometido a evaluación de impacto
ambiental ordinaria, habiendo sido tramitado bajo la referencia IA23/1247 el correspondiente expediente por el órgano competente en materia de medio ambiente.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar
lo siguiente:
— Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
— La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio
público o de interés general.
— Como resultado de los trámites relativos a la evaluación de impacto ambiental, el órgano competente en materia de medio ambiente ha emitido declaración de impacto ambiental favorable por Resolución de fecha 16 de octubre de 2024, publicada en el Diario
Oficial de Extremadura n.º 208, de 24 de octubre de 2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28
de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio,
correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la función
ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Esta función ejecutiva es realizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según
lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican
la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio), correspondiendo
el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con
arreglo a las referencias competenciales recogidas en el Decreto 77/2023, de 21 de julio,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE n.º 145, de 28 de julio), y en el Decreto 233/2023, de 12
Viernes 21 de febrero de 2025
Tablón de edictos del Ayuntamiento de Robledillo de Gata: 01/02/2023.
Periódico Extremadura: 08/02/2023.
9970
— No han sido solicitados informes a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general por haber sido aportados por el peticionario.
— El proyecto, por sus características y afecciones, está sometido a evaluación de impacto
ambiental ordinaria, habiendo sido tramitado bajo la referencia IA23/1247 el correspondiente expediente por el órgano competente en materia de medio ambiente.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar
lo siguiente:
— Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
— La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio
público o de interés general.
— Como resultado de los trámites relativos a la evaluación de impacto ambiental, el órgano competente en materia de medio ambiente ha emitido declaración de impacto ambiental favorable por Resolución de fecha 16 de octubre de 2024, publicada en el Diario
Oficial de Extremadura n.º 208, de 24 de octubre de 2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28
de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio,
correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la función
ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Esta función ejecutiva es realizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según
lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican
la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio), correspondiendo
el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con
arreglo a las referencias competenciales recogidas en el Decreto 77/2023, de 21 de julio,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE n.º 145, de 28 de julio), y en el Decreto 233/2023, de 12