Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060422)
Resolución de 11 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Acuerdo de prórroga y actualización de la financiación, para el año 2025, del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y las entidades locales de Cristina, Don Álvaro, Manchita, San Pedro de Mérida y Valverde de Mérida y la Mancomunidad Pantano de Alange en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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NÚMERO 36
Viernes 21 de febrero de 2025

9931

Segundo. La cláusula undécima relativa al periodo de vigencia del convenio establece que:
“El presente convenio entrará en vigor el mismo día de su firma, si bien, teniendo en cuenta
su objeto, tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2024 hasta el día 31 de diciembre del
2024, y con independencia del plazo de 17 de febrero de 2025 que regula la cláusula quinta
a efectos de justificación por parte de la entidad gestora.
En cualquier momento antes del 31 de diciembre de 2024, fecha de finalización del presente
convenio, las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga en función de las
disponibilidades presupuestarias, o su extinción. La prórroga del convenio podrá conllevar la
actualización de la financiación y compromisos económicos de cada parte firmante”.
Todo ello de acuerdo con los artículos 3.1.g) y 4 del Decreto 99/2016, de 5 de julio, por el que
se regula la colaboración entre la Junta de Extremadura y las entidades locales en la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Próxima a finalizar la vigencia del convenio suscrito, todas las partes están interesadas en prorrogarlo para el año 2025, en los términos de las cláusulas que se recogen en la
parte dispositiva de este acuerdo y dentro del límite previsto en el artículo 49 letra h) punto
2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, con el fin de
garantizar la continuidad de la prestación de información, valoración y orientación de los servicios sociales de atención social básica, que permita a su vez garantizar el derecho subjetivo
y universal de la ciudadanía de acceso al sistema público de servicios sociales con objeto de
promover el bienestar social y contribuir al pleno desarrollo de las personas y la justicia social,
de acuerdo con la Ley 14/2015, de 9 de abril, Servicios Sociales de Extremadura.
Cuarto. Todas las partes consideran necesario la prórroga del convenio, en base a razones
de agilidad administrativa al ser un procedimiento más efectivo para seguir garantizando la
financiación de la prestación de información, valoración y orientación del servicio social de
atención social básica y con ello conseguir garantizar la continuidad de dicha prestación de
forma eficiente que mejore su calidad.
Quinto. La presente prórroga conlleva la actualización de la financiación y compromisos económicos de cada parte firmante, de acuerdo con el incremento salarial aplicado para el año
2024 a las retribuciones en concepto de personal tomadas como referencia para la determinación del coste en concepto de personal conforme establece el artículo 5.2.a) del Decreto
99/2016, de 5 de julio, y conforme prevé la cláusula undécima del convenio.
Por todo lo expuesto, todas las partes acuerdan, por unanimidad, suscribir el presente Acuerdo de prórroga al referido convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Se prorroga para el periodo comprendido desde el 1 de enero del 2025 hasta el 31
de diciembre de 2025, la vigencia del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Salud y