Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2025060470)
Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión de Servicios, Especialidad Informática y Telemática, mediante el sistema de acceso libre.
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NÚMERO 35
Jueves 20 de febrero de 2025
9213
El orden de prelación de las personas aspirantes se establecerá aplicando sucesivamente los
siguientes criterios:
a) Mayor número de ejercicios aprobados.
b) Mayor puntuación en la suma de la fase de oposición y de la fase de concurso.
c) En caso de empate, se atenderá, en primer lugar, a la fase de oposición y, de persistir, al
orden de actuación de quienes opositan conforme a las previsiones contenidas en esta
convocatoria.
9.2. Una vez constituida la lista de espera, que será pública, los nombramientos se ofertarán
por riguroso orden conforme se vayan produciendo las vacantes a cubrir, siguiendo al efecto
las previsiones contenidas en el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal
funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura.
10. Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario.
10.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se
hicieron públicas las listas de personas aprobadas en el Diario Oficial de Extremadura, quienes hayan aprobado deberán presentar en el Área de Recursos Humanos de la Universidad
de Extremadura los documentos y requisitos exigidos para el acceso a la Escala convocada,
a excepción, en su caso, de quienes obren ya en poder de la citada Área como consecuencia
de la aportación realizada para su anterior nombramiento como personal funcionario de carrera. Estos documentos deberán ser aportados mediante copia cotejada o, en caso contrario,
acompañada de los originales para su comprobación y posterior cotejo. Asimismo, y dentro
del citado plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada la declaración que figura
como anexo IV de esta convocatoria.
10.2. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la
documentación o del examen de esta se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base segunda no podrán ser nombrados personal funcionario y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
10.3. El Rectorado de la Universidad de Extremadura procederá al nombramiento de personal
funcionario de carrera mediante resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
10.4. La toma de posesión de las personas aspirantes aprobadas será efectuada en el plazo
de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Diario Oficial de
Extremadura.
Jueves 20 de febrero de 2025
9213
El orden de prelación de las personas aspirantes se establecerá aplicando sucesivamente los
siguientes criterios:
a) Mayor número de ejercicios aprobados.
b) Mayor puntuación en la suma de la fase de oposición y de la fase de concurso.
c) En caso de empate, se atenderá, en primer lugar, a la fase de oposición y, de persistir, al
orden de actuación de quienes opositan conforme a las previsiones contenidas en esta
convocatoria.
9.2. Una vez constituida la lista de espera, que será pública, los nombramientos se ofertarán
por riguroso orden conforme se vayan produciendo las vacantes a cubrir, siguiendo al efecto
las previsiones contenidas en el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal
funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura.
10. Presentación de documentos y nombramiento de personal funcionario.
10.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se
hicieron públicas las listas de personas aprobadas en el Diario Oficial de Extremadura, quienes hayan aprobado deberán presentar en el Área de Recursos Humanos de la Universidad
de Extremadura los documentos y requisitos exigidos para el acceso a la Escala convocada,
a excepción, en su caso, de quienes obren ya en poder de la citada Área como consecuencia
de la aportación realizada para su anterior nombramiento como personal funcionario de carrera. Estos documentos deberán ser aportados mediante copia cotejada o, en caso contrario,
acompañada de los originales para su comprobación y posterior cotejo. Asimismo, y dentro
del citado plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada la declaración que figura
como anexo IV de esta convocatoria.
10.2. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la
documentación o del examen de esta se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la base segunda no podrán ser nombrados personal funcionario y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
10.3. El Rectorado de la Universidad de Extremadura procederá al nombramiento de personal
funcionario de carrera mediante resolución, que se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
10.4. La toma de posesión de las personas aspirantes aprobadas será efectuada en el plazo
de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el Diario Oficial de
Extremadura.