Ayuntamiento De Pueblonuevo De Miramontes. Normas Subsidiarias. (2025080270)
Anuncio de 5 de febrero de 2025 sobre aprobación definitiva de la modificación n.º 1 de las Normas Subsidiarias.
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NÚMERO 35
9772
Jueves 20 de febrero de 2025
Habiéndose aprobado definitivamente la modificación n.º1 de las Normas Subsidiarias de
Pueblonuevo de Miramontes, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento de los artículos 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura y 69 del Reglamento General de la Ley de ordenación
territorial y urbanística sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura.
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que
aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente
al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello
sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho.
Pueblonuevo de Miramontes, 5 de febrero de 2025. La Alcaldesa-Presidenta, TANIA CASTAÑO
RUFO.
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Jueves 20 de febrero de 2025
Habiéndose aprobado definitivamente la modificación n.º1 de las Normas Subsidiarias de
Pueblonuevo de Miramontes, se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento de los artículos 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y
urbanística sostenible de Extremadura y 69 del Reglamento General de la Ley de ordenación
territorial y urbanística sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura.
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que
aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura con sede en Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente
al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Todo ello
sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más
conveniente a su derecho.
Pueblonuevo de Miramontes, 5 de febrero de 2025. La Alcaldesa-Presidenta, TANIA CASTAÑO
RUFO.
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