Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio Exterior. Ayudas. (2025080253)
Anuncio de 11 de febrero de 2025 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior.
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NÚMERO 34
Miércoles 19 de febrero de 2025
9101
ANUNCIO de 11 de febrero de 2025 por el que se da publicidad a las
subvenciones concedidas para la internacionalización de la empresa extremeña
y la mejora de las condiciones de comercialización exterior. (2025080253)
El Decreto 141/2022, de 30 de noviembre, establece las bases reguladoras de las ayudas para
la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior y aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023. (DOE
núm. 1, de 2 de enero de 2023).
Mediante Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Secretaría General, se realizó la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 (DOE núm. 219, de 15 de noviembre de 2023).
Según la modificación del Extracto y Anuncio de 18 de junio de 2024, de la Secretaría General,
se dio publicidad a la ampliación de los créditos asignados a la convocatoria de ayudas para
la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior, correspondiente al ejercicio 2024 (DOE núm. 132, de 9 de julio de 2024).
El procedimiento para la concesión de las subvenciones establecidas en el citado decreto es el
de concesión directa, mediante convocatoria abierta.
El artículo 15 del citado decreto, establece que se dará publicidad a las subvenciones concedidas mediante la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones
de la Comunidad Autónoma, así como en el Portal de Trasparencia de la Junta de Extremadura
conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de subvenciones.
En el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que los órganos administrativos concedentes publicarán en
el Diario Oficial de Extremadura y en el portal de subvenciones las subvenciones concedidas,
especificando la convocatoria, programa, crédito presupuestario, beneficiario, cantidad concedida, finalidad de la subvención y, si aplica, las menciones sobre financiación de Fondos de
la Unión Europea.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las
condiciones de comercialización exterior.
La cuantía total de la presente convocatoria de ayudas asciende a 450.000 euros. El coste de las ayudas será imputado a la aplicación presupuestaria 140030000G/341A/77000/
FD211A1303/20230036 y proyecto de gasto 20230036 denominado “Ayudas de impulso internacionalización y transformación digital”.
Miércoles 19 de febrero de 2025
9101
ANUNCIO de 11 de febrero de 2025 por el que se da publicidad a las
subvenciones concedidas para la internacionalización de la empresa extremeña
y la mejora de las condiciones de comercialización exterior. (2025080253)
El Decreto 141/2022, de 30 de noviembre, establece las bases reguladoras de las ayudas para
la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior y aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023. (DOE
núm. 1, de 2 de enero de 2023).
Mediante Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Secretaría General, se realizó la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 (DOE núm. 219, de 15 de noviembre de 2023).
Según la modificación del Extracto y Anuncio de 18 de junio de 2024, de la Secretaría General,
se dio publicidad a la ampliación de los créditos asignados a la convocatoria de ayudas para
la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior, correspondiente al ejercicio 2024 (DOE núm. 132, de 9 de julio de 2024).
El procedimiento para la concesión de las subvenciones establecidas en el citado decreto es el
de concesión directa, mediante convocatoria abierta.
El artículo 15 del citado decreto, establece que se dará publicidad a las subvenciones concedidas mediante la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones
de la Comunidad Autónoma, así como en el Portal de Trasparencia de la Junta de Extremadura
conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de subvenciones.
En el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que los órganos administrativos concedentes publicarán en
el Diario Oficial de Extremadura y en el portal de subvenciones las subvenciones concedidas,
especificando la convocatoria, programa, crédito presupuestario, beneficiario, cantidad concedida, finalidad de la subvención y, si aplica, las menciones sobre financiación de Fondos de
la Unión Europea.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las
condiciones de comercialización exterior.
La cuantía total de la presente convocatoria de ayudas asciende a 450.000 euros. El coste de las ayudas será imputado a la aplicación presupuestaria 140030000G/341A/77000/
FD211A1303/20230036 y proyecto de gasto 20230036 denominado “Ayudas de impulso internacionalización y transformación digital”.