Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060393)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio de Colaboración firmado el día 25 de noviembre de 2016 entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Centro de Desarrollo Rural Campiña Sur" para la aplicación de las estrategias de desarrollo local participativo dentro del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, por la que se delegan determinados controles administrativos, en aplicación del artículo 60.2 del Reglamento (UE) n.º 809/2014, de la Comisión, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1306/2013.
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NÚMERO 33
Martes 18 de febrero de 2025

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808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, establece las disposiciones de aplicación
del Reglamento (UE) n.º 1305/2013; todo ello de acuerdo con lo establecido por el Decreto
por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de
gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020.
Segundo. El Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020 fue aprobado el 18
de noviembre de 2015 mediante la Decisión de la Comisión C (2015) 8193 final, modificada
por la Decisión de la Comisión C (2017) 5421 final. Dicho programa contempla la medida 19
Apoyo para el desarrollo local de LEADER cuya finalidad es la aplicación de estrategias innovadoras mediante el método LEADER, contribuyendo al desarrollo sostenible a largo plazo de
los territorios rurales, la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo
endógeno de las zonas rurales. La implementación de las estrategias de acción local y otras
acciones de los GAL refuerzan la coherencia territorial y las sinergias entre medidas para el
desarrollo de la economía y de la sociedad.
Tercero. Que el Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
prevé la aplicación de la medida 19 mediante la metodología Leader, a través de la puesta en
marcha de las actuaciones comarcales promovidas por los GAL y previstas en su EDLP.
Cuarto. Que el GAL Centro de Desarrollo Rural Campiña Sur fue seleccionado mediante Resolución de 23 de septiembre de 2016.
Quinto. Que en la Resolución de selección del GAL se establece que las relaciones entre el
GAL y la Administración Autonómica se establecerán mediante convenio, en el que así mismo
se reflejará, entre otros aspectos, los procedimientos y normas aplicables para la utilización,
control y seguimiento del proceso de actuación así como las facultades y autorizaciones para
dictar normas de desarrollo de los mismos para la ejecución del programa de desarrollo comarcal seleccionado.
Sexto. El Decreto 299/2015, de 27 de noviembre, designa y establece la organización y
funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en
la Comunidad Autónoma de Extremadura. Así mismo el Decreto 261/2015, de 7 de agosto,
determina que será la Autoridad de Gestión del PDR 2014-2020 la encargada de la gestión,
seguimiento y evaluación del Programa conforme al Reglamento (UE) n.º 1305/2013, dicha
autoridad es la responsable de la gestión y aplicación eficiente, eficaz y correcta del programa
según establece el propio PDR 2014-2020. El Organismo de Certificación es la Intervención
General de la Junta de Extremadura.
Por la presente Addenda se modifica el Convenio de 25 de noviembre de 2016 con el objeto de
poder delegar en los Grupos de Acción Local de Extremadura la realización de determinados