Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060385)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio de Colaboración firmado el día 25 de noviembre de 2016 entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo Integral de la Sierra de Montánchez y Tamuja" para la aplicación de las estrategias de desarrollo local participativo dentro del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, por la que se delegan determinados controles administrativos, en aplicación del artículo 60.2 del Reglamento (UE) n.º 809/2014, de la Comisión, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1306/2013.
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NÚMERO 33
Martes 18 de febrero de 2025

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d) Garantizar la coherencia con la estrategia de desarrollo local participativo al seleccionar
las operaciones, ordenándolas por prioridades según su contribución a la consecución
de los objetivos y las metas de esa estrategia.
e) P
 reparar y publicar convocatorias de propuestas o un procedimiento continuo de presentación de proyectos, inclusive definiendo los criterios de selección.
f) Recibir las solicitudes de ayuda y evaluarlas.
g) Responsabilizarse de la realización de los controles administrativos que fueran delegados por la autoridad competente conforme a lo establecido en el artículo 60 del Reglamento (UE) nº. 809/2014 de la Comisión por el que se establecen disposiciones de
aplicación del Reglamento (UE) nº. 1306/2013, al comprobar que el GAL cuenta con
capacidad administrativa y de control necesaria para desempeñar esta tarea.
h) S
 eleccionar las operaciones y fijar el importe de la ayuda y, cuando proceda, presentar
las propuestas al organismo responsable de la verificación final de la subvencionabilidad
antes de la aprobación.
i) Hacer un seguimiento de la puesta en práctica de la estrategia de desarrollo local participativo y de las operaciones subvencionadas y llevar a cabo actividades de evaluación
específicas vinculadas a esa estrategia. Para ello se establecerán procedimientos que
garanticen la existencia de un sistema electrónico seguro y adecuado para registrar,
mantener, tramitar y notificar la información estadística sobre la EDLP y su aplicación
que resulte necesaria a efectos de seguimiento y evaluación y, en particular, los datos
necesarios para supervisar en el logro de los objetivos y prioridades establecidas.
El GAL se compromete a destinar los medios técnicos, económicos y materiales necesarios
para el desarrollo de manera eficaz y solvente de las actuaciones encomendadas en el presente Convenio.
En todo momento, el GAL garantizará la independencia del equipo de la Gerencia y el equipo
técnico, en la toma de decisiones y en la evaluación de los proyectos presentados, siendo
totalmente incompatible el ejercicio de sus funcione del GAL, con el posible ejercicio libre y
lucrativo de la profesión en cualquier otro trabajo o actividad que tenga relación directa o
indirecta con la gestión de las ayudas contempladas en la medida 19 del PDR de Extremadura
2014-2020 ejecutadas según la EDLP aprobada para cada comarca. El incumplimiento de esta
cláusula será causa suficiente para que el GAL pueda perder su capacidad para la gestión de
FEADER”.