Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060376)
Resolución de 10 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio de Colaboración firmado el día 25 de noviembre de 2016 entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo de la Comarca de Lácara" para la aplicación de las estrategias de desarrollo local participativo dentro del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, por la que se delegan determinados controles administrativos, en aplicación del artículo 60.2 del Reglamento (UE) n.º 809/2014, de la Comisión, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1306/2013.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 32
8450
Lunes 17 de febrero de 2025
ADENDA AL CONVENIO de COLABORACIÓN FIRMADO EL DÍA 25 DE
NOVIEMBRE DE 2016 ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL,
POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO Y EL GRUPO DE ACCIÓN LOCAL
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA COMARCA DE LÁCARA PARA LA
APLICACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO
DENTRO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE EXTREMADURA
2014-2020, POR la QUE SE DELEGAN DETERMINADOS CONTROLES
ADMINISTRATIVOS, EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 60.2 DEL REGLAMENTO
(UE) N.º. 809/2014, DE LA COMISIÓN, POR EL QUE SE ESTABLECEN
DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO (UE) N.º. 1306/2013.
Mérida, 22 de mayo de 2018.
De una parte la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la
Junta de Extremadura, representada por Doña Begoña García Bernal, en virtud del Decreto del Presidente 36/2015, de 14 de septiembre, por el que se dispone el nombramiento, y
conforme a las atribuciones que le confiere el Decreto 208/2017, de 28 de noviembre, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas
Agrarias y Territorio.
Y de otra, el Grupo de Acción Local (en adelante GAL), con sede en Puebla de la Calzada calle
Plaza del Almendro, 7 y con código de identificación fiscal n.º G06263180 representado por
su Presidente D/D.ª María Lourdes Montero Pérez, nombrado por acuerdo de dicha entidad de
fecha 03/08/2015 y facultado para la firma del presente Convenio.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la ADENDA
el presente Convenio y a tal efecto
EXPONEN:
Primero. Que la finalidad del Convenio suscrito el 25 de noviembre de 2016, es la establecer
la relación entre el GAL Asociación para el Desarrollo de la Comarca de Lácara y la Consejería
competente en materia de Desarrollo Rural para la aplicación de las estrategias de desarrollo
local participativo dentro del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, en
el ámbito territorial del GAL y en función de su Estrategia de Desarrollo Local Participativo
(en adelante EDLP) seleccionada conforme al Decreto 64/2016, de 17 de mayo de selección
de Estrategias de Desarrollo Local Participativo (DOE 97, lunes 23 de mayo de 2016) para
el Periodo de Programación 2014-2020 y lo determinado en el marco jurídico básico de las
acciones comunitarias a favor del desarrollo rural, el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del
Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural
a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Reglamento de Ejecu-
8450
Lunes 17 de febrero de 2025
ADENDA AL CONVENIO de COLABORACIÓN FIRMADO EL DÍA 25 DE
NOVIEMBRE DE 2016 ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL,
POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO Y EL GRUPO DE ACCIÓN LOCAL
ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA COMARCA DE LÁCARA PARA LA
APLICACIÓN DE LAS ESTRATEGIAS DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO
DENTRO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE EXTREMADURA
2014-2020, POR la QUE SE DELEGAN DETERMINADOS CONTROLES
ADMINISTRATIVOS, EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 60.2 DEL REGLAMENTO
(UE) N.º. 809/2014, DE LA COMISIÓN, POR EL QUE SE ESTABLECEN
DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO (UE) N.º. 1306/2013.
Mérida, 22 de mayo de 2018.
De una parte la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la
Junta de Extremadura, representada por Doña Begoña García Bernal, en virtud del Decreto del Presidente 36/2015, de 14 de septiembre, por el que se dispone el nombramiento, y
conforme a las atribuciones que le confiere el Decreto 208/2017, de 28 de noviembre, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas
Agrarias y Territorio.
Y de otra, el Grupo de Acción Local (en adelante GAL), con sede en Puebla de la Calzada calle
Plaza del Almendro, 7 y con código de identificación fiscal n.º G06263180 representado por
su Presidente D/D.ª María Lourdes Montero Pérez, nombrado por acuerdo de dicha entidad de
fecha 03/08/2015 y facultado para la firma del presente Convenio.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la ADENDA
el presente Convenio y a tal efecto
EXPONEN:
Primero. Que la finalidad del Convenio suscrito el 25 de noviembre de 2016, es la establecer
la relación entre el GAL Asociación para el Desarrollo de la Comarca de Lácara y la Consejería
competente en materia de Desarrollo Rural para la aplicación de las estrategias de desarrollo
local participativo dentro del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, en
el ámbito territorial del GAL y en función de su Estrategia de Desarrollo Local Participativo
(en adelante EDLP) seleccionada conforme al Decreto 64/2016, de 17 de mayo de selección
de Estrategias de Desarrollo Local Participativo (DOE 97, lunes 23 de mayo de 2016) para
el Periodo de Programación 2014-2020 y lo determinado en el marco jurídico básico de las
acciones comunitarias a favor del desarrollo rural, el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del
Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural
a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Reglamento de Ejecu-