Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2025060366)
Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Gerencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo vacante de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefatura de Servicios).
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NÚMERO 31
Viernes 14 de febrero de 2025
8061
En este orden, y de conformidad con el Convenio de movilidad del personal de Administración
y Servicios del Grupo 9 de Universidades, firmado el 11 de mayo de 2007, podrán participar
en la convocatoria, siempre que reúnan los mismos requisitos exigidos al funcionariado de
la Universidad de Extremadura, el personal funcionario de carrera con destino definitivo en
una de las Universidades siguientes: Cantabria, Islas Baleares, Oviedo, Pública de Navarra,
Zaragoza, y La Rioja.
Así mismo podrán participar, de conformidad con el Convenio de Movilidad del Personal de
Administración y Servicios firmado entre la Universidad de Extremadura y la Universidad
de Alicante y aprobado en Consejo de Gobierno de la UEx en fecha 20 de febrero de 2019,
siempre que reúnan los mismos requisitos exigidos al funcionariado de la Universidad de
Extremadura, el personal funcionario de carrera con destino definitivo en la Universidad de
Alicante.
2. Q
uienes concursen, deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Pertenecer a los Subgrupos, Cuerpos o Escalas a los que se encuentran adscritos los
puestos convocados a concurso y que se especificarán en anexo I.
b) Tener acreditada una permanencia mínima de dos años en el último puesto ocupado con
carácter definitivo, salvo que hubieran cesado en el mismo por aplicación de un Plan de
Empleo, por supresión o por remoción del puesto de trabajo, o porque soliciten puestos
de igual nivel.
c) El personal funcionario que sean de nuevo ingreso podrán participar en la convocatoria
cuando hubiera transcurrido el plazo de dos años a partir de su toma de posesión, con
las mismas salvedades que en el apartado anterior; y cuando hubieran accedido a otro
Cuerpo o Escala por promoción interna permaneciendo en el puesto de trabajo que desempeñaban.
d) Encontrarse en cualquier situación administrativa, excepto los excedentes voluntarios
por interés particular en tanto cumplan el período mínimo de un año en dicha situación,
y los suspensos en firme mientras dure la suspensión.
e) En su caso, si el personal funcionario hubiera obtenido permuta de destino, cuando haya
transcurrido un año desde su autorización.
3. De conformidad con lo previsto en el artículo 40.3 del III ARCT, las personas funcionarias
que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en adscripción provisional estarán
obligadas a participar en los concursos de provisión de puestos de trabajo no singularizados solicitando la totalidad de los puestos vacantes para los que cumplan los requisitos.
Viernes 14 de febrero de 2025
8061
En este orden, y de conformidad con el Convenio de movilidad del personal de Administración
y Servicios del Grupo 9 de Universidades, firmado el 11 de mayo de 2007, podrán participar
en la convocatoria, siempre que reúnan los mismos requisitos exigidos al funcionariado de
la Universidad de Extremadura, el personal funcionario de carrera con destino definitivo en
una de las Universidades siguientes: Cantabria, Islas Baleares, Oviedo, Pública de Navarra,
Zaragoza, y La Rioja.
Así mismo podrán participar, de conformidad con el Convenio de Movilidad del Personal de
Administración y Servicios firmado entre la Universidad de Extremadura y la Universidad
de Alicante y aprobado en Consejo de Gobierno de la UEx en fecha 20 de febrero de 2019,
siempre que reúnan los mismos requisitos exigidos al funcionariado de la Universidad de
Extremadura, el personal funcionario de carrera con destino definitivo en la Universidad de
Alicante.
2. Q
uienes concursen, deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Pertenecer a los Subgrupos, Cuerpos o Escalas a los que se encuentran adscritos los
puestos convocados a concurso y que se especificarán en anexo I.
b) Tener acreditada una permanencia mínima de dos años en el último puesto ocupado con
carácter definitivo, salvo que hubieran cesado en el mismo por aplicación de un Plan de
Empleo, por supresión o por remoción del puesto de trabajo, o porque soliciten puestos
de igual nivel.
c) El personal funcionario que sean de nuevo ingreso podrán participar en la convocatoria
cuando hubiera transcurrido el plazo de dos años a partir de su toma de posesión, con
las mismas salvedades que en el apartado anterior; y cuando hubieran accedido a otro
Cuerpo o Escala por promoción interna permaneciendo en el puesto de trabajo que desempeñaban.
d) Encontrarse en cualquier situación administrativa, excepto los excedentes voluntarios
por interés particular en tanto cumplan el período mínimo de un año en dicha situación,
y los suspensos en firme mientras dure la suspensión.
e) En su caso, si el personal funcionario hubiera obtenido permuta de destino, cuando haya
transcurrido un año desde su autorización.
3. De conformidad con lo previsto en el artículo 40.3 del III ARCT, las personas funcionarias
que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en adscripción provisional estarán
obligadas a participar en los concursos de provisión de puestos de trabajo no singularizados solicitando la totalidad de los puestos vacantes para los que cumplan los requisitos.