Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2025060366)
Resolución de 7 de febrero de 2025, de la Gerencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo vacante de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefatura de Servicios).
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 31
Viernes 14 de febrero de 2025
8072
Vocales:
• Doña María Llorca García, funcionaria de la Escala Superior de Servicios, Especialidad
Psicología de la Universidad de Extremadura.
• Doña Yolanda Pérez Lorenzo, funcionaria de la Escala Superior de Ciencias de la Información de la Universidad de Extremadura.
• Don David Rodríguez Lozano, funcionario de la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías
de la Información de la Universidad de Extremadura.
• Don Juan de la Cruz García Bernáldez, funcionario de la Escala Superior de Sistemas y
Tecnologías de la Información de la Universidad de Extremadura.
La Comisión de Valoración designará, entre sus miembros, un Secretario o Secretaria.
Dentro de los siete días hábiles siguientes a la terminación del concurso hará entrega del
expediente administrativo generado en el procedimiento, en el Área de Recursos Humanos
de la Universidad de Extremadura.
2. La Comisión de Valoración podrá, en cualquier momento, recabar de quienes aspiran las
aclaraciones, o en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.
3. Los actos derivados de la actuación de la Comisión de Valoración podrán ser impugnados en
los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. A efectos de asistencias por participación en el proceso selectivo, la Comisión de Valoración
queda encuadrada en la categoría primera de las previstas reglamentariamente.
Resolución
Novena. 1. El concurso se resolverá por resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura, en el plazo no superior a seis meses, a contar desde el día siguiente al de la
finalización de presentación de solicitudes, y su resultado se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura. En la resolución se expresará el puesto de origen de la persona interesada a
quien se le adjudique destino, con indicación de la Administración Pública de procedencia,
localidad, grupo, nivel y grado, así como su situación administrativa cuando sea distinta de la
de servicio activo.
2. La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria, que vinculan por igual a la Administración y a
Viernes 14 de febrero de 2025
8072
Vocales:
• Doña María Llorca García, funcionaria de la Escala Superior de Servicios, Especialidad
Psicología de la Universidad de Extremadura.
• Doña Yolanda Pérez Lorenzo, funcionaria de la Escala Superior de Ciencias de la Información de la Universidad de Extremadura.
• Don David Rodríguez Lozano, funcionario de la Escala Superior de Sistemas y Tecnologías
de la Información de la Universidad de Extremadura.
• Don Juan de la Cruz García Bernáldez, funcionario de la Escala Superior de Sistemas y
Tecnologías de la Información de la Universidad de Extremadura.
La Comisión de Valoración designará, entre sus miembros, un Secretario o Secretaria.
Dentro de los siete días hábiles siguientes a la terminación del concurso hará entrega del
expediente administrativo generado en el procedimiento, en el Área de Recursos Humanos
de la Universidad de Extremadura.
2. La Comisión de Valoración podrá, en cualquier momento, recabar de quienes aspiran las
aclaraciones, o en su caso, la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados.
3. Los actos derivados de la actuación de la Comisión de Valoración podrán ser impugnados en
los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. A efectos de asistencias por participación en el proceso selectivo, la Comisión de Valoración
queda encuadrada en la categoría primera de las previstas reglamentariamente.
Resolución
Novena. 1. El concurso se resolverá por resolución del Rectorado de la Universidad de Extremadura, en el plazo no superior a seis meses, a contar desde el día siguiente al de la
finalización de presentación de solicitudes, y su resultado se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura. En la resolución se expresará el puesto de origen de la persona interesada a
quien se le adjudique destino, con indicación de la Administración Pública de procedencia,
localidad, grupo, nivel y grado, así como su situación administrativa cuando sea distinta de la
de servicio activo.
2. La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria, que vinculan por igual a la Administración y a