Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Desarrollo Rural. Ayudas. (2025060370)
Extracto de la IX convocatoria de ayudas bajo la metodología Leader en aplicación de la EDLP de la Comarca del Valle del Alagón para inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
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NÚMERO 31
8211
Viernes 14 de febrero de 2025
Segundo. Beneficiarios.
Tendrán la consideración de beneficiarios las personas físicas, jurídicas, agricultores o miembros de una unidad familiar de una explotación agrícola, jóvenes agricultores ya instalados,
comunidades de bienes y otras entidades de tipo comunal conforme de la Orden de 18 de
noviembre de 2020, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología Leader.
En el caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente convocatoria aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro,
pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 18 de noviembre de 2020, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología Leader y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 300.000 euros que se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 120030000/G/314A/78000/
FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Se podrá subvencionar hasta el 60% de la inversión auxiliable con el límite de 60.000 euros
por proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Diez días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto
en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 4 de febrero de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ
8211
Viernes 14 de febrero de 2025
Segundo. Beneficiarios.
Tendrán la consideración de beneficiarios las personas físicas, jurídicas, agricultores o miembros de una unidad familiar de una explotación agrícola, jóvenes agricultores ya instalados,
comunidades de bienes y otras entidades de tipo comunal conforme de la Orden de 18 de
noviembre de 2020, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología Leader.
En el caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente convocatoria aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro,
pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 18 de noviembre de 2020, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología Leader y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo
rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 300.000 euros que se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 120030000/G/314A/78000/
FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Se podrá subvencionar hasta el 60% de la inversión auxiliable con el límite de 60.000 euros
por proyecto.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Diez días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto
en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 4 de febrero de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ