Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2025ED0003)
Edicto de 31 de enero de 2025 sobre el Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y el Ayuntamiento de Cuacos de Yuste para la delegación de la gestión y recaudación de los tributos locales.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 31
Viernes 14 de febrero de 2025

8264

Para las comunicaciones referidas en los anteriores párrafos, podrán implementarse por el
OARGT sistemas telemáticos informatizados, a los que el Ayuntamiento tendrá acceso con
todas las garantías previstas en la legislación vigente mediante el uso de la firma electrónica.
En cuanto a la suspensión, fraccionamiento y aplazamiento de pago de las deudas tributarias,
tanto en periodo voluntario como ejecutivo, se estará a lo dispuesto en la correspondiente
Ordenanza General del OARGT.
Los recursos económicos cuya gestión y/o recaudación se encomienden al OARGT deberán
estar convenientemente identificados, siendo datos imprescindibles a aportar por el Ayuntamiento delegante al menos los siguientes:
— Nombre y apellidos o razón social.
— NIF/CIF completo y correcto.
— Domicilio fiscal completo del sujeto pasivo (al menos: nombre de la vía, número del
portal o punto kilométrico, escalera, piso, puerta, provincia, municipio, y pedanía –en
su caso-).
— Concepto, importe de la deuda y periodo a que se refiere, quedando el OARGT exonerado de toda responsabilidad en las deudas que no cumplan estos requisitos.
Sexta. Colaboración del Ayuntamiento en la gestión tributaria.
En la idea de reforzar las actuaciones que el OARGT, debe realizar al tener delegada la Gestión
Tributaria del IBI y del IAE, el Ayuntamiento a través de sus servicios fiscales, se compromete
a colaboraren las siguientes actuaciones:
a) En el IBI, básicamente en toma de datos de valores desconocidos, sin domicilio, etc.
Asimismo, se compromete a la entrega periódica en soporte magnético de todas las
plusvalías liquidadas en el Ayuntamiento como consecuencia de las transmisiones de
dominio de terrenos urbanos o Urbanizables.
b) En el IAE, básicamente en el envío de documentos referentes a la licencia de apertura
de nuevos establecimientos: comerciales, industriales y de profesionales, etc.
c) En las tasas, el Ayuntamiento comunicará al OARGT las bajas y altas censales,
comprobará la correcta titularidad de las referencias censales y, en las que proceda,
aportará los consumos y datos necesarios para la liquidación. Para ello dispondrá de
accesos al aplicativo informático del OARGT, y usará esta vía como canal de comunicación
preferente.