Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060322)
Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de aprovechamiento de aguas subterráneas para puesta en riego por goteo de 11,41 ha de pistachos en el polígono 7, parcelas 51, 58, 59, 60, 61, 63, 64, 65, 66 y 82, a ubicar en el término municipal de Valdelacasa de Tajo (Cáceres). Expte.: IA22/1337.
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NÚMERO 30
Jueves 13 de febrero de 2025
7856
El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas se resume a
continuación:
— Con fecha 3 de agosto de 2023 se recibió un primer informe por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sobre las sugerencias relativas al impacto ambiental derivado
del proyecto sometido a estudio, en el que hacen una descripción del proyecto y una
serie de información:
• Consultadas las bases de datos de este organismo se ha comprobado que con fecha
6 de marzo de 2017 esta Confederación emitió informe relativo al relativo al proyecto
“Memoria de proyecto de vivienda polígono 7 parcelas 63 y 82, término municipal
Valdecasa de Tajo (Cáceres)” promovido por D.ª Juana Domínguez Rebollo, contenido
en el expediente de referencia IPL-0017/2017.
• Asimismo, esta Confederación emitió un informe con fecha 6 de marzo de 2018 de sugerencias medioambientales con n.º de referencia EIA-0015/2018 relativo al proyecto
“Cambio de uso forestal a agrícola sobre 2,8 ha, en la finca “Las Talayuelas” a realizar
en las parcelas 60, 61, 64, 65 y 66 del polígono 7”, promovido también por D.ª Juana
Domínguez Rebollo.
• En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT 2023-2027, la finca se encuentra dentro del área de captación de la zona sensible “Embalse de Valdecañas – ES030ZSENESCM548” y de las zonas de abastecimiento “E. Valdecañas 2-TajoES030ZCCM0000000037” y “E. Valdecañas - Roncadero- ES030ZCCM0000000526”.
• En cuanto a aguas superficiales, según la cartografía consultada (visor cartográfico de
la Confederación Hidrográfica del Tajo: http://visor.chtajo.es/VisorCHT/), la finca se
halla próxima al “Arroyo de las Barrancas”.
Al respecto, en el presente informe se hacen a continuación una serie de indicaciones
en el ámbito de las competencias de esta Confederación, en concreto en lo relativo
a dominio público hidráulico, zona de servidumbre y zona de policía, según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Aguas (en adelante TRLA), así como en el Real Decreto
849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público
Hidráulico (en adelante RDPH):
Dominio público hidráulico:
–T
oda actuación que se realice en dominio público hidráulico (definido en el artículo
2 y desarrollado en los posteriores artículos del TRLA) deberá contar de la preceptiva autorización por parte de este organismo.
Jueves 13 de febrero de 2025
7856
El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas se resume a
continuación:
— Con fecha 3 de agosto de 2023 se recibió un primer informe por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo, sobre las sugerencias relativas al impacto ambiental derivado
del proyecto sometido a estudio, en el que hacen una descripción del proyecto y una
serie de información:
• Consultadas las bases de datos de este organismo se ha comprobado que con fecha
6 de marzo de 2017 esta Confederación emitió informe relativo al relativo al proyecto
“Memoria de proyecto de vivienda polígono 7 parcelas 63 y 82, término municipal
Valdecasa de Tajo (Cáceres)” promovido por D.ª Juana Domínguez Rebollo, contenido
en el expediente de referencia IPL-0017/2017.
• Asimismo, esta Confederación emitió un informe con fecha 6 de marzo de 2018 de sugerencias medioambientales con n.º de referencia EIA-0015/2018 relativo al proyecto
“Cambio de uso forestal a agrícola sobre 2,8 ha, en la finca “Las Talayuelas” a realizar
en las parcelas 60, 61, 64, 65 y 66 del polígono 7”, promovido también por D.ª Juana
Domínguez Rebollo.
• En lo referente a zonas protegidas recogidas oficialmente en el PHT 2023-2027, la finca se encuentra dentro del área de captación de la zona sensible “Embalse de Valdecañas – ES030ZSENESCM548” y de las zonas de abastecimiento “E. Valdecañas 2-TajoES030ZCCM0000000037” y “E. Valdecañas - Roncadero- ES030ZCCM0000000526”.
• En cuanto a aguas superficiales, según la cartografía consultada (visor cartográfico de
la Confederación Hidrográfica del Tajo: http://visor.chtajo.es/VisorCHT/), la finca se
halla próxima al “Arroyo de las Barrancas”.
Al respecto, en el presente informe se hacen a continuación una serie de indicaciones
en el ámbito de las competencias de esta Confederación, en concreto en lo relativo
a dominio público hidráulico, zona de servidumbre y zona de policía, según lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Aguas (en adelante TRLA), así como en el Real Decreto
849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público
Hidráulico (en adelante RDPH):
Dominio público hidráulico:
–T
oda actuación que se realice en dominio público hidráulico (definido en el artículo
2 y desarrollado en los posteriores artículos del TRLA) deberá contar de la preceptiva autorización por parte de este organismo.