Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2025040018)
Decreto 4/2025, de 4 de febrero, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y del Organismo Autónomo Servicio Extremeño Público de Empleo.
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NÚMERO 27
Lunes 10 de febrero de 2025

I

7221

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DECRETO 4/2025, de 4 de febrero, por el que se modifican las relaciones
de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la
Consejería de Salud y Servicios Sociales y del Organismo Autónomo Servicio
Extremeño Público de Empleo. (2025040018)
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a
través de las cuales las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación
de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos
para el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece en su artículo 74 que “las
Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de
trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su
caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias.
Dichos instrumentos serán públicos”.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura
dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de
acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
Mediante la presente modificación, se pretende llevar a cabo, fundamentalmente, una actualización de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Salud y Servicios Sociales
que permitan dotarla de los recursos humanos más adecuados para el correcto ejercicio de
las funciones y competencias que tiene encomendadas dicha Consejería.
En este sentido, destaca principalmente, la reconversión de puestos de trabajo de Categorías y/o Especialidades declaradas a extinguir como son, dentro del ámbito laboral, los de
Animador/a Sociocultural y Administrativo/a que se transforman en puestos de trabajo de Terapeuta Ocupacional y Administrativo/a de carácter funcionarial, con lo que se evita mantener
ociosos recursos que son muy necesarios.