Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024064261)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la impartición de los programas formativos declarados estratégicos al amparo del Decreto 121/2021, de 20 de octubre, para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 25
Jueves 6 de febrero de 2025
6931
Dicho desglose de gastos deberá incluir en todo caso el cálculo de los mismos tomando
como referencia el número de alumnos, las horas de impartición y el coste hora por cada
una de las especialidades formativas que integren el programa.
5. L
as entidades deberán aportar la información complementaria y/o documentación que
el SEXPE estime necesaria para la correcta instrucción y resolución del expediente, y en
particular en lo referente al desglose de gastos del presupuesto del Programa Formativo
Estratégico mencionado en el apartado anterior.
Décimo. Forma de presentación de las solicitudes.
1. L
as solicitudes de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria deberán ser
cumplimentadas y firmadas por la persona física o la persona que ostente la representación legal de la entidad en el caso de personas jurídicas, y se formalizarán en los modelos
normalizados que acompañan a la presente convocatoria.
Los modelos oficiales de solicitudes y el resto de anexos se podrán descargar en la web
https://www.juntaex.es y en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es, dentro del correspondiente trámite.
Las solicitudes podrán ser presentadas de la siguiente forma:
a) Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de
presentación de solicitudes:
• Utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la web http://www.juntaex.es
y en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ junto con los modelos que deben
acompañarse, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta
de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf ),
dirigida al SEXPE, Secretaría General de Empleo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, o en cualquiera de los registros electrónicos previstos
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido
por Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Jueves 6 de febrero de 2025
6931
Dicho desglose de gastos deberá incluir en todo caso el cálculo de los mismos tomando
como referencia el número de alumnos, las horas de impartición y el coste hora por cada
una de las especialidades formativas que integren el programa.
5. L
as entidades deberán aportar la información complementaria y/o documentación que
el SEXPE estime necesaria para la correcta instrucción y resolución del expediente, y en
particular en lo referente al desglose de gastos del presupuesto del Programa Formativo
Estratégico mencionado en el apartado anterior.
Décimo. Forma de presentación de las solicitudes.
1. L
as solicitudes de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria deberán ser
cumplimentadas y firmadas por la persona física o la persona que ostente la representación legal de la entidad en el caso de personas jurídicas, y se formalizarán en los modelos
normalizados que acompañan a la presente convocatoria.
Los modelos oficiales de solicitudes y el resto de anexos se podrán descargar en la web
https://www.juntaex.es y en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es, dentro del correspondiente trámite.
Las solicitudes podrán ser presentadas de la siguiente forma:
a) Las personas solicitantes que sean personas físicas, de conformidad con lo establecido
en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrán optar entre las siguientes formas de
presentación de solicitudes:
• Utilizando el modelo normalizado de solicitud disponible en la web http://www.juntaex.es
y en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ junto con los modelos que deben
acompañarse, a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta
de Extremadura (https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf ),
dirigida al SEXPE, Secretaría General de Empleo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, o en cualquiera de los registros electrónicos previstos
en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• En las oficinas del Sistema de Registro Único de la Junta de Extremadura establecido
por Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en cualquiera
de los lugares establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.