Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025060219)
Resolución de 23 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada del proyecto de fábrica de productos de nutrición clínica, promovido por Vegenat Healthcare, SL, en el término municipal de Badajoz.
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 22
Lunes 3 de febrero de 2025

6703

— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución
del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los
residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el
que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos
de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Se evitarán las afecciones por la generación de ruidos con la utilización de las medidas
que sean necesarias para que la maquinaria utilizada en actividades se ajuste a las prescripciones establecidas en la legislación vigente referente a emisiones sonoras, cuando
sea de aplicación, a lo establecido en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por
el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, y en particular, cuando
les sea de aplicación a lo establecido en el Real Decreto 212/2002,de 22 de febrero, por
el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas
de uso al aire libre, y las normas complementarias.
— Se restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas e
infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así como
evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán quedar,
bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como hormigón, tierras, etc., debiendo
proceder a depositarlo según la legislación correspondiente. La totalidad de las infraestructuras e instalaciones quedarán integradas en el entorno.
— Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico,
el promotor y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán
su descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura.
4.3. Medidas en la fase de explotación.
a) Vertidos.
— Se dispondrá en la instalación de tres redes independientes de recogida de aguas residuales, una para aguas de limpieza (se incluirán en este grupo las aguas pluviales
susceptibles de presentar contaminación), otra para aguas sanitarias y una última para
aguas pluviales limpias.
— Todos los vertidos serán conducidos a la red de saneamiento del polígono industrial.