Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060237)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 30 de noviembre de 2024, en la que se acuerda el calendario laboral para el año 2025 del Convenio Colectivo de Sector "Industrias de la Madera de la Provincia de Badajoz".
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NÚMERO 21
6546
Viernes 31 de enero de 2025
— Se establecen como días festivos de convenio, abonables y no recuperables para el sector de la Industria de la Madera de la Provincia de Badajoz que estará vigente durante
el año 2025 los siguientes días:
• 2 y 3 de enero.
• 21 de abril.
• 2 de mayo.
• 31 de octubre.
• 24, 26 y 31 de diciembre.
• 1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Badajoz será el 3 de
marzo y en el de Mérida el 23 de mayo.
— Si uno de estos días, coincidiera con fiesta local, el mismo se disfrutará el primer día
hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre la empresa y la representación
legal de los trabajadores/as.
— En el supuesto de que alguna localidad coincidiese una fiesta con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio, abonable y no recuperable el inmediatamente
hábil anterior o posterior.
— Estos días no serán computables a efecto de vacaciones.
— Este calendario tiene carácter exclusivamente orientativo y podrá ser modificado por
las empresas del sector, previo acuerdo entre las empresas y los representantes de los
trabajadores, respetándose la jornada anual establecida en el convenio por el año 2024
de 1.752 horas.
Se faculta a Laura Méndez Castaño (****859**), para la presentación, registro y publicación
de las actas de esta comisión.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, siendo las 13:00 horas
del día de la fecha, levantando la presente acta, que en prueba de conformidad firman todos
los asistentes en el lugar y fecha indicados.
Por UGT-FICA
Por CCOO del HABITAT
•••
Por ASIMA
6546
Viernes 31 de enero de 2025
— Se establecen como días festivos de convenio, abonables y no recuperables para el sector de la Industria de la Madera de la Provincia de Badajoz que estará vigente durante
el año 2025 los siguientes días:
• 2 y 3 de enero.
• 21 de abril.
• 2 de mayo.
• 31 de octubre.
• 24, 26 y 31 de diciembre.
• 1 día en ferias y fiestas de cada localidad, que en el caso de Badajoz será el 3 de
marzo y en el de Mérida el 23 de mayo.
— Si uno de estos días, coincidiera con fiesta local, el mismo se disfrutará el primer día
hábil anterior o posterior, salvo pacto en contrario entre la empresa y la representación
legal de los trabajadores/as.
— En el supuesto de que alguna localidad coincidiese una fiesta con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio, abonable y no recuperable el inmediatamente
hábil anterior o posterior.
— Estos días no serán computables a efecto de vacaciones.
— Este calendario tiene carácter exclusivamente orientativo y podrá ser modificado por
las empresas del sector, previo acuerdo entre las empresas y los representantes de los
trabajadores, respetándose la jornada anual establecida en el convenio por el año 2024
de 1.752 horas.
Se faculta a Laura Méndez Castaño (****859**), para la presentación, registro y publicación
de las actas de esta comisión.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, siendo las 13:00 horas
del día de la fecha, levantando la presente acta, que en prueba de conformidad firman todos
los asistentes en el lugar y fecha indicados.
Por UGT-FICA
Por CCOO del HABITAT
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Por ASIMA