Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2025060258)
Extracto de las ayudas PAC campaña 2025/2026, de la solicitud de concesión de ayuda y pago en su primer año de compromisos de la intervención "Compromisos de conservación de recursos genéticos. Fomento de razas autóctonas amenazadas", según Resolución de 27 de enero de 2025, de la Secretaría General.
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NÚMERO 21
Viernes 31 de enero de 2025

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Cuarto. Requisitos de admisibilidad.
1. Ser titulares de explotaciones ganaderas inscritas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Ganaderas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con ejemplares de las
razas elegibles por la que solicita la ayuda, a fecha de 1 de enero de año de solicitud de
ayuda o pago.
Serán exceptuados de la inscripción a dicha fecha, aquellas personas titulares jóvenes agricultoras o ganaderas que se incorporen a la actividad agrícola/ganadera o los solicitantes
de un cambio de titularidad de explotación con anterioridad a la solicitud de ayuda o pago.
2. Serán elegibles, y por tanto objeto de concesión, los animales admisibles de las siguientes
razas autóctonas amenazadas:
a)Bovino: Blanca Cacereña, Berrenda en Colorado, Berrenda en Negro, Morucha variedad
negra, Cárdena Andaluza y Retinta.
b) Ovino: Merina variedad negra.
c) Caprino: Retinta, Verata y Blanca Andaluza o Serrana.
d) Porcino: Ibérico variedad Torviscal, Ibérico variedad Lampiño.
e) Equino-asnal: Andaluza 3. Serán considerados animales admisibles aquellos que a fecha
de fin de plazo de solicitud de ayuda cuenten con la siguiente edad:


— Bovinos, equino, porcinos, 6 meses o más.



— Ovinos y caprinos, de 4 meses o más.

4. T
 ener los animales objeto de ayuda inscritos en el Libro de Registro Oficial de la raza.
5. D
 isponer de un número mínimo de UGM según especie.
— Bovino: 4 UGM.
— Ovino o caprino: 1 UGM.
— Porcino: 3 UGM.
— Equino-asnal: 0.80 UGM.