Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2025050016)
Corrección de errores de la Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo II de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 21
Viernes 31 de enero de 2025
6350
a) Ser español/a.
Los/las nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder
en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos.
También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su
cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún
años o mayores de dicha edad dependientes.
El acceso al empleo público se extenderá igualmente a las personas incluidas en
el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores, así como los ciudadanos de nacionalidad extranjera con residencia legal en España”.
En las páginas 67258-67259:
Donde dice:
“Tercera. Solicitudes.
Para validar y securizar el acceso de las personas aspirantes se requerirá el uso del DNI
electrónico o Certificado digital FNMT de Persona física o bien mediante el sistema de validación mediante clave móvil”.
Debe decir:
“Tercera. Solicitudes.
Para validar y securizar el acceso de las personas aspirantes se requerirá el uso del DNI
electrónico o Certificado digital FNMT de Persona física”.
En la página 67264
Donde dice:
“6. La tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 33,66 euros por solicitud. En
caso de no estar exento, el abono de la tasa se efectuará de forma telemática en el
mismo acto de presentación electrónica de la solicitud de participación”.
Viernes 31 de enero de 2025
6350
a) Ser español/a.
Los/las nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder
en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos.
También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea,
siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su
cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún
años o mayores de dicha edad dependientes.
El acceso al empleo público se extenderá igualmente a las personas incluidas en
el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación
de trabajadores, así como los ciudadanos de nacionalidad extranjera con residencia legal en España”.
En las páginas 67258-67259:
Donde dice:
“Tercera. Solicitudes.
Para validar y securizar el acceso de las personas aspirantes se requerirá el uso del DNI
electrónico o Certificado digital FNMT de Persona física o bien mediante el sistema de validación mediante clave móvil”.
Debe decir:
“Tercera. Solicitudes.
Para validar y securizar el acceso de las personas aspirantes se requerirá el uso del DNI
electrónico o Certificado digital FNMT de Persona física”.
En la página 67264
Donde dice:
“6. La tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 33,66 euros por solicitud. En
caso de no estar exento, el abono de la tasa se efectuará de forma telemática en el
mismo acto de presentación electrónica de la solicitud de participación”.