Ayuntamiento De Guareña. Normas Subsidiarias. (2025080132)
Anuncio de 24 de enero de 2025 sobre aprobación definitiva del Plan Parcial de Ordenación Unidad de Ejecución n.º 14.
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NÚMERO 21
6577
Viernes 31 de enero de 2025
ANUNCIO de 24 de enero de 2025 sobre aprobación definitiva del Plan Parcial
de Ordenación Unidad de Ejecución n.º 14. (2025080132)
Habiéndose aprobado definitivamente el siguiente Plan Parcial de Ordenación, mediante
Acuerdo de Pleno adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 9 de octubre de 2024, se
publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento de los artículos 69 del Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura,
aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, y 53.2 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
Tipo de instrumento:
Plan Parcial de Ordenación
Ámbito:
UE n.º 14 de las NNSS de Guareña
Instrumento que desarrolla:
Normas Subsidiarias de Guareña
Objeto:
Modificar exclusivamente y de forma parcial la ordenación detallada de la UE-14 de suelo urbano, incluyendo nuevos viales que den
lugar a nuevas manzanas edificables.
Clasificación del suelo:
Urbano
Calificación del suelo:
Industrial
Asimismo,
estará
a
disposición
en
la
sede
electrónica
de
este
Ayuntamiento:
https://guarena.sedelectronica.es
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que
aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida (Badajoz), en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro
recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Guareña, 24 de enero de 2025. El Secretario General, MANUEL MARÍA CARO FRANGANILLO.
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Viernes 31 de enero de 2025
ANUNCIO de 24 de enero de 2025 sobre aprobación definitiva del Plan Parcial
de Ordenación Unidad de Ejecución n.º 14. (2025080132)
Habiéndose aprobado definitivamente el siguiente Plan Parcial de Ordenación, mediante
Acuerdo de Pleno adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 9 de octubre de 2024, se
publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento de los artículos 69 del Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura,
aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, y 53.2 de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
Tipo de instrumento:
Plan Parcial de Ordenación
Ámbito:
UE n.º 14 de las NNSS de Guareña
Instrumento que desarrolla:
Normas Subsidiarias de Guareña
Objeto:
Modificar exclusivamente y de forma parcial la ordenación detallada de la UE-14 de suelo urbano, incluyendo nuevos viales que den
lugar a nuevas manzanas edificables.
Clasificación del suelo:
Urbano
Calificación del suelo:
Industrial
Asimismo,
estará
a
disposición
en
la
sede
electrónica
de
este
Ayuntamiento:
https://guarena.sedelectronica.es
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dado que
aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida (Badajoz), en el plazo
de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro
recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Guareña, 24 de enero de 2025. El Secretario General, MANUEL MARÍA CARO FRANGANILLO.
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