Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060196)
Resolución de 22 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FEVAL, Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar el proyecto "Transferencia e Innovación y Comunidad de Start-Ups" en el marco del Proyecto Retech Triruraltech - ecosistema emprendedor para un territorio rural y marino inteligente para los ejercicios 2024 y 2025 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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NÚMERO 20
Jueves 30 de enero de 2025
6088
3. L
a prestación de servicios de externalización de todo tipo de actividades y procesos
pertenecientes al campo tecnológico.
4. L
a gestión y prestación de servicios de telecomunicaciones, en especial los de televisión, de emisión, enlace y transmisión de sus señales, en cualquiera de sus modalidades, quedando expresamente incluidas las realizadas a través de tecnología
digital, entornos virtuales e internet”, dentro de las que se enmarcaría sin dificultad
el objeto del presente convenio”.
E
n este sentido, las actuaciones a realizar en el marco de este convenio por el que
se canaliza la transferencia específica, que se encuentran previstas y detalladas en el
Anexo I, guardan relación con las funciones que tiene atribuidas la citada mercantil.
Séptimo. Que, por lo expuesto, la Dirección General de Digitalización Regional, considera de
interés establecer una colaboración con FEVAL GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU para el desarrollo de diversas actuaciones relacionadas con la estrategia de transformación digital regional.
Octavo. Si bien, inicialmente la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, (DOE Extr. n.º. 26 de 6 de
febrero), no contemplaba un crédito asignado para la realización de la transferencia específica a favor de FEVAL GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU, con posterioridad, se ha dotado esta
actuación de un crédito presupuestario con la siguiente asignación: aplicación presupuestaria 14007.332A.44000, proyecto de gasto 20240544, denominación del proyecto “4032_
FEVAL GESTIÓN DE SERV-TRIRURALTECH”, código del fondo MR05C13I01, por importe de
200.000,00 euros para las anualidades de 2024 y 2025.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley, se consideran transferencias
específicas, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto
de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la
realización de actuaciones concretas por los citadas entidades que forman parte del Sector
Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública.
Mediante el presente Convenio se pretende formalizar la citada transferencia específica, conforme a lo dispuesto en el 45.3 de la referida Ley según el cual, deberá formalizarse mediante
convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos
los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de
pago ajustada al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2005, el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender
la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que
Jueves 30 de enero de 2025
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3. L
a prestación de servicios de externalización de todo tipo de actividades y procesos
pertenecientes al campo tecnológico.
4. L
a gestión y prestación de servicios de telecomunicaciones, en especial los de televisión, de emisión, enlace y transmisión de sus señales, en cualquiera de sus modalidades, quedando expresamente incluidas las realizadas a través de tecnología
digital, entornos virtuales e internet”, dentro de las que se enmarcaría sin dificultad
el objeto del presente convenio”.
E
n este sentido, las actuaciones a realizar en el marco de este convenio por el que
se canaliza la transferencia específica, que se encuentran previstas y detalladas en el
Anexo I, guardan relación con las funciones que tiene atribuidas la citada mercantil.
Séptimo. Que, por lo expuesto, la Dirección General de Digitalización Regional, considera de
interés establecer una colaboración con FEVAL GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU para el desarrollo de diversas actuaciones relacionadas con la estrategia de transformación digital regional.
Octavo. Si bien, inicialmente la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, (DOE Extr. n.º. 26 de 6 de
febrero), no contemplaba un crédito asignado para la realización de la transferencia específica a favor de FEVAL GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU, con posterioridad, se ha dotado esta
actuación de un crédito presupuestario con la siguiente asignación: aplicación presupuestaria 14007.332A.44000, proyecto de gasto 20240544, denominación del proyecto “4032_
FEVAL GESTIÓN DE SERV-TRIRURALTECH”, código del fondo MR05C13I01, por importe de
200.000,00 euros para las anualidades de 2024 y 2025.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley, se consideran transferencias
específicas, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto
de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la
realización de actuaciones concretas por los citadas entidades que forman parte del Sector
Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública.
Mediante el presente Convenio se pretende formalizar la citada transferencia específica, conforme a lo dispuesto en el 45.3 de la referida Ley según el cual, deberá formalizarse mediante
convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos
los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de
pago ajustada al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2005, el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender
la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que