Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Subvenciones. (2025060200)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se concede una subvención directa al Ayuntamiento de Losar de la Vera para la puesta en marcha de un espacio colaborativo de trabajo, formación, y emprendimiento rural en la Comarca de la Vera, denominado "Espacio A Vera Coworking" en la anualidad 2024.
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NÚMERO 19
Miércoles 29 de enero de 2025
5996
justifican la dificultad de su convocatoria pública, además del régimen jurídico aplicable a las
mismas, la determinación de los beneficiarios, modalidades de ayuda, procedimiento de concesión y régimen de justificación y pago.
Por todo ello, en virtud de las atribuciones que tengo conferidas, y en base a la Propuesta
emitida por el jefe de Servicio de Transformación Digital Empresarial, Ciudadana y de Administración Local y Telecomunicaciones con fecha 26 de octubre de 2024,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
El objeto de la correspondiente resolución es instrumentalizar, de acuerdo a lo dispuesto en
el artículo 32.2 de la Ley 6/2011, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Losar de la Vera, con cargo
a la aplicación presupuestaria 140070000/332A/76000/CA y al proyecto de gastos 20240344
denominación del proyecto presupuestario: “Financiación de Actuaciones en Digitalización”,
imputándose en la anualidad 2024, para la puesta en marcha de un espacio colaborativo
de trabajo, formación y emprendimiento rural en la Comarca de la Vera, “Espacio “A Verea”
Coworking”.
Segundo. Entidad beneficiaria.
La entidad beneficiaria de la subvención es el Ayuntamiento de Losar de la Vera, con NIF
P1011300I y domicilio en Plaza la Viñuela, 29, 10460 en Losar de la Vera, Cáceres.
La entidad beneficiaria no está incursa en ninguna de las causas de prohibición contenidas en
el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. La justificación de estos extremos se ha realizado mediante declaración responsable del representante legal del Ayuntamiento de Losar
de la Vera dirigida al titular de la Dirección General de Digitalización Regional. No obstante,
la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se
realizará en la forma establecida en la consideración novena de la resolución.
Tercero. Procedimiento de concesión.
Conforme a lo dispuesto por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, artículos 22.4.c) y 32.1.a), la subvención será otorgada por
el procedimiento de concesión directa por razón de la especial naturaleza de la actividad a
subvencionar, y las especiales características del perceptor, dado que no es posible promover
la concurrencia pública y se trata de entidad pública. Así mismo, la concesión de estas subvenciones se efectuará, según el artículo 32.2 del mismo texto legal, a solicitud del interesado
y se instrumentará mediante resolución o convenio.
Miércoles 29 de enero de 2025
5996
justifican la dificultad de su convocatoria pública, además del régimen jurídico aplicable a las
mismas, la determinación de los beneficiarios, modalidades de ayuda, procedimiento de concesión y régimen de justificación y pago.
Por todo ello, en virtud de las atribuciones que tengo conferidas, y en base a la Propuesta
emitida por el jefe de Servicio de Transformación Digital Empresarial, Ciudadana y de Administración Local y Telecomunicaciones con fecha 26 de octubre de 2024,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
El objeto de la correspondiente resolución es instrumentalizar, de acuerdo a lo dispuesto en
el artículo 32.2 de la Ley 6/2011, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de Losar de la Vera, con cargo
a la aplicación presupuestaria 140070000/332A/76000/CA y al proyecto de gastos 20240344
denominación del proyecto presupuestario: “Financiación de Actuaciones en Digitalización”,
imputándose en la anualidad 2024, para la puesta en marcha de un espacio colaborativo
de trabajo, formación y emprendimiento rural en la Comarca de la Vera, “Espacio “A Verea”
Coworking”.
Segundo. Entidad beneficiaria.
La entidad beneficiaria de la subvención es el Ayuntamiento de Losar de la Vera, con NIF
P1011300I y domicilio en Plaza la Viñuela, 29, 10460 en Losar de la Vera, Cáceres.
La entidad beneficiaria no está incursa en ninguna de las causas de prohibición contenidas en
el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. La justificación de estos extremos se ha realizado mediante declaración responsable del representante legal del Ayuntamiento de Losar
de la Vera dirigida al titular de la Dirección General de Digitalización Regional. No obstante,
la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se
realizará en la forma establecida en la consideración novena de la resolución.
Tercero. Procedimiento de concesión.
Conforme a lo dispuesto por la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, artículos 22.4.c) y 32.1.a), la subvención será otorgada por
el procedimiento de concesión directa por razón de la especial naturaleza de la actividad a
subvencionar, y las especiales características del perceptor, dado que no es posible promover
la concurrencia pública y se trata de entidad pública. Así mismo, la concesión de estas subvenciones se efectuará, según el artículo 32.2 del mismo texto legal, a solicitud del interesado
y se instrumentará mediante resolución o convenio.