Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Agricultura. Notificaciones. (2025080101)
Anuncio de 21 de enero de 2025 por el que se notifica la resolución del procedimiento de concesión de las ayudas convocadas al amparo del Decreto 27/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos agrícolas, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 19
Miércoles 29 de enero de 2025
6058
ANUNCIO de 21 de enero de 2025 por el que se notifica la resolución del
procedimiento de concesión de las ayudas convocadas al amparo del Decreto
27/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización
de productos agrícolas, y se aprueba la primera convocatoria. (2025080101)
De acuerdo a los artículos 45 y 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto 27/2023, de 29 de marzo, por el que se establece las bases reguladoras
de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos
agrícolas, y, aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023; se notifica la
resolución del procedimiento de concesión de las referidas ayudas, que afectan a las solicitantes que se relacionan en el anexo adjunto.
Podrán acceder, con sus claves personalizadas, al texto íntegro de la resolución, a través de
la plataforma LABOREO:
https://laboreo.juntaex.es/
La renuncia a la ayuda, presentada tras la presente notificación, conllevará la incautación de
la garantía en virtud de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 20 del citado decreto.
El plazo para la ejecución de los proyectos aprobados será de 18 meses improrrogables, computados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Finalizado este
plazo, se deberá solicitar el pago de la ayuda en la forma y medios recogidos en el artículo 26
del decreto, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquél en que
tenga lugar la finalización del período de ejecución.
Esta ayuda es incompatible con cualquier otra ayuda pública financiada con fondos procedentes de la Unión Europea, conforme dispone el artículo 10 del decreto. Por tanto, se deberá
comunicar con carácter inmediato la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos que financien las acciones subvencionadas.
Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de
alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación,
ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, o
ante el titular de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, de conformidad con el
artículo 101.3 y 101.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con lo establecido en los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
Miércoles 29 de enero de 2025
6058
ANUNCIO de 21 de enero de 2025 por el que se notifica la resolución del
procedimiento de concesión de las ayudas convocadas al amparo del Decreto
27/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización
de productos agrícolas, y se aprueba la primera convocatoria. (2025080101)
De acuerdo a los artículos 45 y 84 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en lo dispuesto en el artículo 21 del Decreto 27/2023, de 29 de marzo, por el que se establece las bases reguladoras
de las ayudas a inversiones destinadas a la transformación y comercialización de productos
agrícolas, y, aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023; se notifica la
resolución del procedimiento de concesión de las referidas ayudas, que afectan a las solicitantes que se relacionan en el anexo adjunto.
Podrán acceder, con sus claves personalizadas, al texto íntegro de la resolución, a través de
la plataforma LABOREO:
https://laboreo.juntaex.es/
La renuncia a la ayuda, presentada tras la presente notificación, conllevará la incautación de
la garantía en virtud de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 20 del citado decreto.
El plazo para la ejecución de los proyectos aprobados será de 18 meses improrrogables, computados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Finalizado este
plazo, se deberá solicitar el pago de la ayuda en la forma y medios recogidos en el artículo 26
del decreto, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquél en que
tenga lugar la finalización del período de ejecución.
Esta ayuda es incompatible con cualquier otra ayuda pública financiada con fondos procedentes de la Unión Europea, conforme dispone el artículo 10 del decreto. Por tanto, se deberá
comunicar con carácter inmediato la obtención de otras ayudas, ingresos o recursos que financien las acciones subvencionadas.
Contra la resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de
alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la presente notificación,
ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, o
ante el titular de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, de conformidad con el
artículo 101.3 y 101.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con lo establecido en los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de