Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Biocombustibles. Subvenciones. (2025080104)
Anuncio de 21 de enero de 2025 por el que se da publicidad a las ayudas concedidas al amparo del Decreto 160/2018, de 2 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras para el régimen de concesión de subvenciones para actuaciones relacionadas con la fabricación de biocombustibles sólidos a partir de la biomasa en Extremadura, así como de la Resolución de 26 de octubre de 2020 por la que se aprueba la segunda convocatoria de concesión de subvenciones para actuaciones relacionadas con la fabricación de biocombustibles sólidos a partir de la biomasa en Extremadura.
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NÚMERO 19
Miércoles 29 de enero de 2025

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ANUNCIO de 21 de enero de 2025 por el que se da publicidad a las ayudas
concedidas al amparo del Decreto 160/2018, de 2 de octubre, por el que se
establecen las bases reguladoras para el régimen de concesión de subvenciones
para actuaciones relacionadas con la fabricación de biocombustibles sólidos
a partir de la biomasa en Extremadura, así como de la Resolución de 26
de octubre de 2020 por la que se aprueba la segunda convocatoria de
concesión de subvenciones para actuaciones relacionadas con la fabricación
de biocombustibles sólidos a partir de la biomasa en Extremadura. (2025080104)
El 8 de octubre de 2018 se publicó, en el Diario Oficial de Extremadura, el Decreto por el
que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para actuaciones relacionadas con la fabricación de biocombustibles sólidos a partir de la biomasa en
Extremadura.
El 13 de noviembre de 2020 se publicó, en el Diario Oficial de Extremadura, la Resolución de
la aprobación de la segunda convocatoria de concesión de estas ayudas.
El artículo 34 del citado decreto, establece que las subvenciones concedidas serán publicadas
en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el Portal
electrónico de Transparencia de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con el artículo 11 de la
Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto en Extremadura.
El artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura prevé la publicación en el Diario Oficial correspondiente de las subvenciones
concedidas con la expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención cuando
los importes de las mismas, individualmente consideradas, sean de cuantía superior a 3.000
euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas a los beneficiarios para el desarrollo de los proyectos de inversión considerados como incentivables:
Anexo I: Subvenciones concedidas en la convocatoria de ayudas destinadas a actuaciones
relacionadas con la fabricación de biocombustibles sólidos a partir de la biomasa.
El pago de estas ayudas se imputará con cargo a la aplicación presupuestaria:
120110000/G/333A/77000 del proyecto de gasto 20160368 de los Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.