Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060110)
Resolución de 15 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Cáceres para el desarrollo del programa "Competencias digitales para el Sector Turístico" financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea "Next-Generation EU".
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NÚMERO 16
Viernes 24 de enero de 2025
5102
Son fines de la Cámara, según el artículo 5 apartado 1 de la Orden de 22 de agosto de 2022
por la que se aprueba el Reglamento de régimen interior de la Cámara Oficial de Comercio,
Industria y Servicios de Cáceres, entre otros, los siguientes:
“(…)
f) Colaborar en los programas de formación establecidos por centros docentes públicos o
privados y, en su caso, por las Administraciones Públicas competentes.
ñ) Contribuir a la promoción del turismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
el marco de la colaboración y cooperación con la Junta de Extremadura.
w) Impulsar y colaborar en la implantación de las TICS en las empresas de la región, así
como promover actuaciones específicas dirigidas al incremento de la competitividad de
las pequeñas y medianas empresas, y fomentar su innovación y transferencias tecnológicas, así como impulsar y colaborar en la implantación de la economía digital de las
empresas de la región.
(…).
3. S
in perjuicio de lo establecido en el apartado 1 del presente artículo, la Cámara Oficial de
Comercio, Industria y Servicios de Cáceres podrá desarrollar cualquier función de naturaleza público-administrativa, siempre que le sea expresamente encomendada o delegada por
la Junta de Extremadura, en los términos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y sea compatible con su naturaleza y funciones.
4. P
ara el adecuado desarrollo de sus funciones, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Servicios de Cáceres y las Administraciones Públicas podrán celebrar convenios y contratos en los supuestos y condiciones establecidos por el artículo 5.6 de la Ley 4/2014, de
1 de abril. Además, podrá suscribir convenios u otros instrumentos de colaboración para
garantizar una adecuada coordinación de sus actuaciones con las llevadas a cabo por las
organizaciones empresariales”.
Que el Gobierno de España dictó el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el
que se aprueban las medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante
RDL 36/2020), y las Órdenes HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura
el sistema de gestión del PRTR y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- Financiado por la Unión Europea- NextGenerationUE
Viernes 24 de enero de 2025
5102
Son fines de la Cámara, según el artículo 5 apartado 1 de la Orden de 22 de agosto de 2022
por la que se aprueba el Reglamento de régimen interior de la Cámara Oficial de Comercio,
Industria y Servicios de Cáceres, entre otros, los siguientes:
“(…)
f) Colaborar en los programas de formación establecidos por centros docentes públicos o
privados y, en su caso, por las Administraciones Públicas competentes.
ñ) Contribuir a la promoción del turismo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
el marco de la colaboración y cooperación con la Junta de Extremadura.
w) Impulsar y colaborar en la implantación de las TICS en las empresas de la región, así
como promover actuaciones específicas dirigidas al incremento de la competitividad de
las pequeñas y medianas empresas, y fomentar su innovación y transferencias tecnológicas, así como impulsar y colaborar en la implantación de la economía digital de las
empresas de la región.
(…).
3. S
in perjuicio de lo establecido en el apartado 1 del presente artículo, la Cámara Oficial de
Comercio, Industria y Servicios de Cáceres podrá desarrollar cualquier función de naturaleza público-administrativa, siempre que le sea expresamente encomendada o delegada por
la Junta de Extremadura, en los términos de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y sea compatible con su naturaleza y funciones.
4. P
ara el adecuado desarrollo de sus funciones, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y
Servicios de Cáceres y las Administraciones Públicas podrán celebrar convenios y contratos en los supuestos y condiciones establecidos por el artículo 5.6 de la Ley 4/2014, de
1 de abril. Además, podrá suscribir convenios u otros instrumentos de colaboración para
garantizar una adecuada coordinación de sus actuaciones con las llevadas a cabo por las
organizaciones empresariales”.
Que el Gobierno de España dictó el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el
que se aprueban las medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante
RDL 36/2020), y las Órdenes HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura
el sistema de gestión del PRTR y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- Financiado por la Unión Europea- NextGenerationUE