Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060109)
Resolución de 15 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda para la modificación del Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y la Universidad de Extremadura, para formalizar la concesión directa de una subvención para financiar la compra e instalación del mobiliario necesario para la nueva Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud de Badajoz, Fase I.
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NÚMERO 16
Viernes 24 de enero de 2025

5089

2.º M
 anifiesta la parte de la Universidad de Extremadura, integrante de la Comisión de seguimiento del Convenio, que teniendo en cuenta la determinación del porcentaje de prorrata
para la deducción de IVA, se ha establecido en un 18% para el ejercicio 2024, por lo que
la Universidad se encontraría en disposición de justificar, antes del fin de 2024, un total
de 745.815 €, cuantía inferior a la previsión contemplada en la cláusula séptima del Convenio, que establece dicha cantidad en 775.000 €.
3.º M
 anifiesta igualmente la Universidad de Extremadura que la previsión inicial de necesidades de dotación de mobiliario, para el efectivo cumplimiento del objetivo previsto, fue
realizada con anterioridad a la finalización de la obra de construcción del inmueble que
constituye la nueva Facultad de Medicina y Ciencias de la Salud, Fase I, no pudiendo contemplarse en ese momento diferentes actuaciones que se consideran necesarias e imprescindibles para su puesta en funcionamiento. El Anexo I del Convenio recoge una relación
exhaustivamente detallada, por lo que, con cargo al importe de la subvención concedida
por la Junta de Extremadura, no pueden cubrirse necesidades no previstas, que son las
siguientes:
—
Accesos y zonas de circulación en planta baja: alfombras en acceso al inmueble y
jardineras.
— Zona decanato: instalación estores/cortinas/vinilos dado que las instancias referidas se
encuentras a nivel de calle.
— Aulas docentes: equipamiento de megafonía (dadas las dimensiones de algunas aulas
se considera imprescindible disponer de sistemas auxiliares de audio para el profesor),
y sonido, ya que los cañones de video no disponen de la potencia suficiente.
— Sala de Simuladores Clínicos: la dotación de mobiliario inicial no ha contemplado las
estancias asociadas a las actividades a realizar en las salas y cubículos asociados a las
instalaciones.
— Cafetería: sin dotación inicial, requeriría una mínima inversión, ya que el adjudicatario
del servicio de la actual Facultad estaría dispuesto a asumir los costes de traslado del
equipamiento de las antiguas instalaciones.
— Otros: en la previsión de dotación inicial, realizada sin comprobación material del inmueble construido, no se han podido contemplar pequeñas adquisiciones de mobiliario
complementario y/o adaptación del existente en el antiguo edificio.
La financiación de estas actuaciones no previstas/complementarias del equipamiento recogido en el Anexo I del Convenio, no implicará, en ningún caso, incremento de la dotación eco-