Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Premios. (2024040272)
Decreto 160/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Extremadura Empresarial, y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 16
Viernes 24 de enero de 2025
4910
para realizar la presentación y defensa de su proyecto ante la comisión de valoración o
jurado en sesión convocada al efecto. En caso de empate en puntos entre varias candidaturas, se seleccionarán a todas aquellas que cuenten con la misma puntuación, a pesar de
que con ello se amplíe el número máximo de 5 candidaturas. En ningún caso, esta fase de
defensa de los proyectos, cuyo propósito es que los miembros de la comisión de valoración
o jurado puedan resolver determinadas dudas o conocer con mayor nivel de detalle las candidaturas, será evaluable conforme a algún criterio específico relacionado con la exposición
de los proyectos.
4. T
ras la finalización de todo el proceso de evaluación de las candidaturas la Comisión de
Valoración determinará cuales son los diferentes ganadores establecidos para cada una de
las modalidades, a los que les corresponderán las cuantías de los premios señaladas en el
artículo 4.
Artículo 15. Comisión de valoración: Jurado de los Premios.
1. Se constituye una Comisión de Valoración, que actuará a modo de Jurado de los Premios,
y que estará conformada por los siguientes miembros:
a. Presidencia: La persona titular de la Dirección General con competencias en materia de
empresa o en persona en quien delegue.
b. Secretaría: Un/a empleado/a público que designe la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de empresa, que actuará con voz y sin voto.
Vocalías:
c. Una persona representante designada por el órgano de la Administración autonómica
con competencias en materia de I+D+i
d. Una persona representante designada por el órgano de la Administración autonómica
con competencias en materia de Transformación Digital.
e. Una persona representante designada por el órgano de la Administración autonómica
con competencias en materia de Universidad.
f. Una persona representante designada por el órgano de la Administración autonómica
con competencias en materia de responsabilidad social.
g. Una persona representante designada por el órgano de la Administración autonómica
con competencias en materia de igualdad.
Viernes 24 de enero de 2025
4910
para realizar la presentación y defensa de su proyecto ante la comisión de valoración o
jurado en sesión convocada al efecto. En caso de empate en puntos entre varias candidaturas, se seleccionarán a todas aquellas que cuenten con la misma puntuación, a pesar de
que con ello se amplíe el número máximo de 5 candidaturas. En ningún caso, esta fase de
defensa de los proyectos, cuyo propósito es que los miembros de la comisión de valoración
o jurado puedan resolver determinadas dudas o conocer con mayor nivel de detalle las candidaturas, será evaluable conforme a algún criterio específico relacionado con la exposición
de los proyectos.
4. T
ras la finalización de todo el proceso de evaluación de las candidaturas la Comisión de
Valoración determinará cuales son los diferentes ganadores establecidos para cada una de
las modalidades, a los que les corresponderán las cuantías de los premios señaladas en el
artículo 4.
Artículo 15. Comisión de valoración: Jurado de los Premios.
1. Se constituye una Comisión de Valoración, que actuará a modo de Jurado de los Premios,
y que estará conformada por los siguientes miembros:
a. Presidencia: La persona titular de la Dirección General con competencias en materia de
empresa o en persona en quien delegue.
b. Secretaría: Un/a empleado/a público que designe la persona titular de la Dirección General con competencias en materia de empresa, que actuará con voz y sin voto.
Vocalías:
c. Una persona representante designada por el órgano de la Administración autonómica
con competencias en materia de I+D+i
d. Una persona representante designada por el órgano de la Administración autonómica
con competencias en materia de Transformación Digital.
e. Una persona representante designada por el órgano de la Administración autonómica
con competencias en materia de Universidad.
f. Una persona representante designada por el órgano de la Administración autonómica
con competencias en materia de responsabilidad social.
g. Una persona representante designada por el órgano de la Administración autonómica
con competencias en materia de igualdad.