Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Denominación De Origen. (2025060124)
Resolución de 14 de enero de 2025, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueba y hace pública la solicitud de una modificación normal del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida "Queso Ibores".
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NÚMERO 15
4698
Jueves 23 de enero de 2025
La dirección de la página web oficial, en la que se encuentra publicado tanto el pliego de condiciones como el documento único modificados, es la siguiente:
https://www.juntaex.es/w/dop-queso-ibores
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la dicta o bien directamente
ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, quien es la competente
para resolverlo, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con los artículos 36 i) y 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Todo ello sin
perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 14 de enero de 2025.
El Director General de Agricultura y
Ganadería,
JOSÉ MANUEL BENÍTEZ MEDINA
4698
Jueves 23 de enero de 2025
La dirección de la página web oficial, en la que se encuentra publicado tanto el pliego de condiciones como el documento único modificados, es la siguiente:
https://www.juntaex.es/w/dop-queso-ibores
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la dicta o bien directamente
ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, quien es la competente
para resolverlo, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente al de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con los artículos 36 i) y 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Todo ello sin
perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 14 de enero de 2025.
El Director General de Agricultura y
Ganadería,
JOSÉ MANUEL BENÍTEZ MEDINA