Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060079)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz (PROMEDIO), para la implantación de la recogida de residuos mediante sistema de aportación en contenedor cerrado de la fracción orgánica de origen doméstico en varios municipios de la provincia de Badajoz, financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 15
Jueves 23 de enero de 2025

4504

k. En los supuestos de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables, el beneficiario deberá destinarlos al fin concreto para el que se concedió la
subvención durante un mínimo de cinco años.
l. El beneficiario estará obligado a crear en España todo el empleo necesario para la realización de la actividad, que se realizará con personal contratado y afiliado a la Seguridad
Social en el territorio nacional. Las entidades beneficiarias deberán contribuir al objetivo
de autonomía estratégica y digital de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad
de la cadena de suministro teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar
parte de la solución, mediante la adquisición de equipos, componentes, integraciones de
sistemas y software asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea”.
m. C
 umplir el resto de medidas y obligaciones asociadas al fondo financiador previsto en
el Anexo II del presente convenio.
El presente convenio, tras su suscripción y conforme lo previsto en los artículos 17 y 20 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
se deberá publicar en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura. De igual forma, se procederá a su anotación en la
Base de Datos de Subvenciones de Extremadura y se publicará en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones. Asimismo, conforme lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, este convenio se publicará en el Portal
Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana.
El beneficiario de la subvención ha acreditado con anterioridad a la concesión y deberá acreditar con carácter previo a cada uno de los pagos, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y frente a la Seguridad Social, así como con
la Hacienda Autonómica, de conformidad con lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El beneficiario de la subvención ha declarado responsablemente que, no se halla incurso en
las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario incluidas en el artículo 12 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.