Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060115)
Resolución de 11 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Mejora en las instalaciones del punto limpio situado en el polígono 5, parcela 29, El Puntal, del término municipal de Torre de Miguel Sesmero (Badajoz)", cuyo promotor es el Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero. Expte.: IA24/0866.
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NÚMERO 15
Jueves 23 de enero de 2025
4605
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto "Mejora en las instalaciones del punto limpio situado en el polígono
5, parcela 29, El Puntal, del término municipal de Torre de Miguel Sesmero
(Badajoz)", cuyo promotor es el Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero.
Expte.: IA24/0866. (2025060115)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 2.ª
de sección 2.ª del capítulo vii, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Punto limpio” a ubicar en el término municipal de Torre de Miguel Sesmero
(Badajoz), cuyo promotor es Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero, se encuadra en el
grupo 9. “Otros proyectos”. epígrafe b) “Instalaciones de eliminación o valorización de residuos no incluidas en el anexo I, excepto la eliminación o valorización de residuos propios no
peligrosos en el lugar de producción”, del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El objetivo del presente proyecto es la adecuación de un punto limpio para la recogida
selectiva de residuos domésticos con el fin de mejorar la gestión de residuos en este
municipio.
Jueves 23 de enero de 2025
4605
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto "Mejora en las instalaciones del punto limpio situado en el polígono
5, parcela 29, El Puntal, del término municipal de Torre de Miguel Sesmero
(Badajoz)", cuyo promotor es el Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero.
Expte.: IA24/0866. (2025060115)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 2.ª
de sección 2.ª del capítulo vii, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Punto limpio” a ubicar en el término municipal de Torre de Miguel Sesmero
(Badajoz), cuyo promotor es Ayuntamiento de Torre de Miguel Sesmero, se encuadra en el
grupo 9. “Otros proyectos”. epígrafe b) “Instalaciones de eliminación o valorización de residuos no incluidas en el anexo I, excepto la eliminación o valorización de residuos propios no
peligrosos en el lugar de producción”, del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. O
bjeto, descripción y localización del proyecto.
El objetivo del presente proyecto es la adecuación de un punto limpio para la recogida
selectiva de residuos domésticos con el fin de mejorar la gestión de residuos en este
municipio.