Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Equino. Subvenciones. (2025080063)
Anuncio de 14 de enero de 2025 por el que se da publicidad de las personas beneficiarias de las subvenciones del Decreto 126/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan ayudas para el ejercicio 2024.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 15
Jueves 23 de enero de 2025

4770

ANUNCIO de 14 de enero de 2025 por el que se da publicidad de las personas
beneficiarias de las subvenciones del Decreto 126/2024, de 8 de octubre, por
el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento
de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en
ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan ayudas
para el ejercicio 2024. (2025080063)
El Decreto 126/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de
las subvenciones para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a
profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura, convoca las ayudas
para el ejercicio 2024 (DOE núm. 213, de 31 de octubre).
Estas ayudas tienen como finalidad reforzar el tejido socioeconómico del sector equino a través
de la cría, selección y doma de caballos de silla en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En base a la normativa anteriormente mencionada, podrán resultar beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas, titulares de los caballos y/o yeguas que cumplan lo dispuesto en el artículo 5 para ser considerados conceptos subvencionables.
La ayuda consiste en la percepción económica de 5.000 € por parte del titular de cada uno
de los caballos o yeguas que hayan resultado beneficiarios, de acuerdo con el citado decreto.
La asignación económica de las líneas de ayudas del artículo 6.1. del decreto de bases reguladoras viene determinada en 15.000 euros cada una por el anteriormente mencionado punto
7 de la disposición adicional única del Decreto 126/2024, de 8 de octubre.
El procedimiento de concesión ha sido tramitado en régimen de concurrencia competitiva dentro de cada línea de ayuda, siguiendo lo dispuesto en el artículo 9.1. de las bases reguladoras.
La cuantía de esta subvención está sujeta a los límites y requisitos del Reglamento (UE) n.º
1408/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, modificado por el Reglamento (UE)
2019/316, por el que el importe total de las ayudas de mínimis concedidas por un Estado
miembro, no excederá de 20.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
El artículo 10.6 de dicho decreto de bases reguladoras establece que el órgano concedente
publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica asociada de la Junta de
Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con indicación
de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputa, beneficiarias, cantidades concedidas y finalidades de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1
de la Ley 6/2011, de 23 marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, conforme al artículo 11 de la