Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025060093)
Resolución de 11 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de gestión de residuos inertes, cuya promotora es Crisbaex, SL, en el término municipal de Cáceres (Cáceres).
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 13

3855

Martes 21 de enero de 2025

presente resolución tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de la necesidad de obtener
o renovar las diversas autorizaciones sectoriales que sean pertinentes para el ejercicio de
la actividad en los periodos establecidos en esta ley y en la normativa reguladora vigente.
2. E
 l titular de la instalación deberá comunicar a la DGS cualquier modificación que se proponga realizar en la misma según se establece en el artículo 20 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3. E
 l titular de la instalación deberá comunicar a la Dirección General de Sostenibilidad el
inicio, la finalización y la interrupción voluntaria, por más de tres meses, de la actividad.
4. S
 e dispondrá de una copia de la resolución en el mismo centro a disposición de los agentes
de la autoridad que lo requieran.
5. L
 a presente AAU podrá ser revocada por incumplimiento de cualquiera de sus condiciones.
6. E
 l incumplimiento de las condiciones de la resolución constituye una infracción que irá de
leve a grave, según el artículo 131 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
7. T
 ranscurrido el plazo de vigencia de cualquiera de las autorizaciones sectoriales autonómicas incluidas en la autorización ambiental unificada, aquellas deberán ser renovadas y, en
su caso, actualizadas por periodos sucesivos según se recoge en el artículo 29 del Decreto
81/2011, de 20 de mayo.
8. C
 ontra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer recurso de alzada de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 115, 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, ante la Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la
presente resolución.
Transcurrido dicho plazo, únicamente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo,
sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.
No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Mérida, 11 de enero de 2025.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO