Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Artesanía. Ayudas. (2025040010)
Extracto del Decreto 161/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el relevo generacional del sector artesano, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024-2025.
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NÚMERO 13
Martes 21 de enero de 2025
3782
EXTRACTO delDecreto 161/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen
las bases reguladoras de las ayudas para el relevo generacional del sector
artesano, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio
2024-2025. (2025040010)
BDNS(Identif.):808854
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, que se encuentren
inscritas en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, además de cumplir los requisitos establecidos en el artículo 2 de las bases reguladoras.
Segundo. Objeto.
Ayudas al relevo generacional en el sector artesano mediante la financiación de contratos de
trabajo al objeto planificar los procesos de relevo con el fin de contribuir a dar continuidad
a empresas artesanas que de otro modo se verían abocadas al cierre, debido a la jubilación,
incapacidad permanente, fallecimiento del titular u otra causa sobrevenida.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 161/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las
ayudas para el relevo generacional del sector artesano, y se aprueba la primera convocatoria
correspondiente al ejercicio 2024-2025.
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas consistirán en una subvención directa por importe de 30.000 euros, que será abonadas en tres anualidades 12.000, 10.000 y 8.000 euros, respectivamente, para el primer,
segundo y tercer año de contratación.
Quinto. Hecho subvencionable.
El hecho subvencionable será la celebración de un contrato de trabajo con una persona desempleada mayor de 16 años y menor de 30 de años, con las condiciones y características
recogidas en el artículo 4 de las bases reguladoras.
Martes 21 de enero de 2025
3782
EXTRACTO delDecreto 161/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen
las bases reguladoras de las ayudas para el relevo generacional del sector
artesano, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio
2024-2025. (2025040010)
BDNS(Identif.):808854
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, que se encuentren
inscritas en el Registro de Artesanos y Empresas Artesanas de la Comunidad Autónoma de Extremadura y desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, además de cumplir los requisitos establecidos en el artículo 2 de las bases reguladoras.
Segundo. Objeto.
Ayudas al relevo generacional en el sector artesano mediante la financiación de contratos de
trabajo al objeto planificar los procesos de relevo con el fin de contribuir a dar continuidad
a empresas artesanas que de otro modo se verían abocadas al cierre, debido a la jubilación,
incapacidad permanente, fallecimiento del titular u otra causa sobrevenida.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 161/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las
ayudas para el relevo generacional del sector artesano, y se aprueba la primera convocatoria
correspondiente al ejercicio 2024-2025.
Cuarto. Cuantía.
Las ayudas consistirán en una subvención directa por importe de 30.000 euros, que será abonadas en tres anualidades 12.000, 10.000 y 8.000 euros, respectivamente, para el primer,
segundo y tercer año de contratación.
Quinto. Hecho subvencionable.
El hecho subvencionable será la celebración de un contrato de trabajo con una persona desempleada mayor de 16 años y menor de 30 de años, con las condiciones y características
recogidas en el artículo 4 de las bases reguladoras.