Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060056)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Tercera Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación Sociedad para la Promoción y Desarrollo del Valle del Jerte (SOPRODEVAJE)" para la aplicación del enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.
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NÚMERO 12
3230
Lunes 20 de enero de 2025
TERCERA ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO Y EL GRUPO DE
ACCIÓN LOCAL “ASOCIACIÓN SOCIEDAD PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL
VALLE DEL JERTE (SOPRODEVAJE)” PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQUE LEADER DEL
PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2014-2020 EN EXTREMADURA, FIRMADO EL DÍA
25 DE NOVIEMBRE DE 2016.
22 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de
Extremadura, representada por Doña Mercedes Morán Álvarez, en virtud del Decreto de la
Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias
de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, debidamente autorizada, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de diciembre de 2024.
Y de otra, el Grupo de Acción Local “Asociación Sociedad para la promoción y desarrollo del
Valle del Jerte” (SOPRODEVAJE), en adelante GAL SOPRODEVAJE, con sede en Ctra. Nacional-110, km 381, en el municipio de Navaconcejo, (Cáceres), con NIF n.º G10448819, representado por su presidenta Doña Felisa Cepeda Bravo, nombrada por acuerdo de dicha entidad
de fecha 14 de noviembre de 2023 y facultada para la firma del presente Convenio.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la Adenda al
presente Convenio y a tal efecto
EXPONEN
Primero. Que la finalidad del Convenio suscrito el 25 de noviembre de 2016 es establecer la
relación entre el GAL SOPRODEVAJE y la Consejería competente en materia de Desarrollo Rural para la aplicación de la Metodología LEADER del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020,
en el ámbito territorial del GAL y en función de su Estrategia de Desarrollo Local Participativo
(en adelante EDLP) seleccionada conforme al Decreto 64/2016, de 17 de mayo de selección
de Estrategias de Desarrollo Local Participativo (DOE n.º 97, lunes 23 de mayo de 2016)
para el Periodo de Programación 2014-2020 y lo determinado en el marco jurídico básico
de las acciones comunitarias a favor del desarrollo rural, el Reglamento (UE) n.º 1305/2013
del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo
rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Reglamento de
Ejecución (UE) n.º 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se estable-
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Lunes 20 de enero de 2025
TERCERA ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE
MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO Y EL GRUPO DE
ACCIÓN LOCAL “ASOCIACIÓN SOCIEDAD PARA LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL
VALLE DEL JERTE (SOPRODEVAJE)” PARA LA APLICACIÓN DEL ENFOQUE LEADER DEL
PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL 2014-2020 EN EXTREMADURA, FIRMADO EL DÍA
25 DE NOVIEMBRE DE 2016.
22 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de
Extremadura, representada por Doña Mercedes Morán Álvarez, en virtud del Decreto de la
Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias
de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, debidamente autorizada, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de diciembre de 2024.
Y de otra, el Grupo de Acción Local “Asociación Sociedad para la promoción y desarrollo del
Valle del Jerte” (SOPRODEVAJE), en adelante GAL SOPRODEVAJE, con sede en Ctra. Nacional-110, km 381, en el municipio de Navaconcejo, (Cáceres), con NIF n.º G10448819, representado por su presidenta Doña Felisa Cepeda Bravo, nombrada por acuerdo de dicha entidad
de fecha 14 de noviembre de 2023 y facultada para la firma del presente Convenio.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la Adenda al
presente Convenio y a tal efecto
EXPONEN
Primero. Que la finalidad del Convenio suscrito el 25 de noviembre de 2016 es establecer la
relación entre el GAL SOPRODEVAJE y la Consejería competente en materia de Desarrollo Rural para la aplicación de la Metodología LEADER del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020,
en el ámbito territorial del GAL y en función de su Estrategia de Desarrollo Local Participativo
(en adelante EDLP) seleccionada conforme al Decreto 64/2016, de 17 de mayo de selección
de Estrategias de Desarrollo Local Participativo (DOE n.º 97, lunes 23 de mayo de 2016)
para el Periodo de Programación 2014-2020 y lo determinado en el marco jurídico básico
de las acciones comunitarias a favor del desarrollo rural, el Reglamento (UE) n.º 1305/2013
del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo
rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Reglamento de
Ejecución (UE) n.º 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se estable-