Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060092)
Resolución de 11 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada al proyecto de instalación de valorización de residuos no peligrosos mediante producción de biogás, promovido por El Encinar de Humienta, SA, en los términos municipales de Almaraz y Belvís de Monroy.
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NÚMERO 12
Lunes 20 de enero de 2025

3399

RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2025, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada al
proyecto de instalación de valorización de residuos no peligrosos mediante
producción de biogás, promovido por El Encinar de Humienta, SA, en los
términos municipales de Almaraz y Belvís de Monroy. (2025060092)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 3 de febrero de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación y
puesta en marcha de una instalación de valorización de residuos no peligrosos mediante producción de biogás, promovida por El Encinar de Humienta, SA, en los términos municipales
de Almaraz y Belvís de Monroy.
Segundo. La actividad proyectada se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, concretamente en la categoría 9.1 del anexo II correspondientes a instalaciones para la
valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no
incluidas en el anexo I.
La actividad se ubicará al noreste de Almaraz y al noroeste de Belvís de Monroy, en la parcela
7 del polígono 2 de Almaraz y en la parcela 3 del polígono 1 de Belvís de Monroy. Las referencias catastrales son 10019A002000070000WQ y 10027A001000030000XL, respectivamente.
Tercero. Una vez aportada la totalidad de la documentación preceptiva para el trámite del
expediente, se publica Anuncio de fecha 24 de enero de 2024 en la página web del órgano
ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 27, de 7 de febrero de 2024),
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Cuarto. Mediante escritos registrados con fecha 30 de enero y 9 de septiembre de 2024 se
remite la solicitud de AAU a los Ayuntamientos de Almaraz y Belvís de Monroy, respectivamente a fin de solicitarles el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo
16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril. En ninguno de los casos los ayuntamientos
consultados han remitido respuesta a la solicitud, por lo que de conformidad con lo establecido en el punto 6 del citado artículo se prosiguió con las actuaciones del procedimiento de
autorización.