Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060055)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Cuarta Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación centro de desarrollo rural Zafra-Río Bodión" para la aplicación del enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.
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NÚMERO 11
Viernes 17 de enero de 2025
2970
Cuando la revisión, incluidas las que puedan derivarse de las evaluaciones de la aplicación del
programa del GAL, implique modificación de los cuadros financieros, su aprobación corresponderá a la Consejería, quienes darán traslado de esta al Comité de Seguimiento del PDR de
Extremadura 2014-2020.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo primero de la presente cláusula, en caso de retraso
en la ejecución del programa comarcal y en el cronograma de pagos, las autoridades competentes, en orden a un mejor cumplimiento del programa regional y a una mayor eficiencia
de las dotaciones financieras del mismo, podrán ajustar la contribución financiera asignada
al programa comarcal a la evolución real del mismo, reasignando, en el marco del programa
regional, las dotaciones procedentes de estos ajustes en los términos previstos en el Decreto
64/2016, de 17 de mayo, de selección de EDLP y en el Decreto por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de
programación de desarrollo rural 2014-2020. Esta reasignación será comunicada al Comité
de Seguimiento del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020. Todo ello en
consonancia con la necesaria consecución de los hitos del programa, sobre la base de la información y las evaluaciones que se realicen, de cara a la aplicación del marco del rendimiento.
En todo caso, estos trámites o autorizaciones deberán adoptarse con carácter previo al Acuerdo de Modificación”.
Octavo. A propuesta del GAL ZAFRA-RÍO BODIÓN, una parte de los fondos asignados a la
submedida 19.1 “AYUDA PREPARATORIA” por importe de 86.316,38 €, procedentes del PDR
2014-2022 que no han gastado en la elaboración de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2023-2027 (EDLP 2023-2027) junto con una parte de los fondos asignados a la
submedida 19.3 “PREPARACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN
DEL GAL” por importe de 41.687,19 € deben ser reasignados a las submedidas 19.2 “APOYO
A LA APLICACIÓN DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL
PARTICIPATIVO” y 19.4 de “APOYO A LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y ANIMACIÓN”.
Las cantidades que serán reasignadas suman un total de 128.003,57 € y serán repartidas de
forma que la submedida 19.2 recibe un alta de 106.424,48 € con el fin de poder realizar otras
actuaciones que necesite su territorio en lo que resta del periodo de programación 20142022, cuya fecha de elegibilidad se extiende hasta el 31/12/2025 y la submedida 19.4 recibe
un alta de 21.579,09 € para hacer frente a los gastos de funcionamiento hasta finales de año.
Asimismo, se incluye la modificación de las distintas asignaciones según las fuentes de cofinanciación de la medida 19 afectadas por las nuevas tasas de cofinanciación acordadas tras
la última modificación del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022, siendo
en este caso, del 85 % para FEADER y 15 % para las Administraciones nacionales. Esta modificación ha sido aprobada mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 27.9.2024 por
Viernes 17 de enero de 2025
2970
Cuando la revisión, incluidas las que puedan derivarse de las evaluaciones de la aplicación del
programa del GAL, implique modificación de los cuadros financieros, su aprobación corresponderá a la Consejería, quienes darán traslado de esta al Comité de Seguimiento del PDR de
Extremadura 2014-2020.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo primero de la presente cláusula, en caso de retraso
en la ejecución del programa comarcal y en el cronograma de pagos, las autoridades competentes, en orden a un mejor cumplimiento del programa regional y a una mayor eficiencia
de las dotaciones financieras del mismo, podrán ajustar la contribución financiera asignada
al programa comarcal a la evolución real del mismo, reasignando, en el marco del programa
regional, las dotaciones procedentes de estos ajustes en los términos previstos en el Decreto
64/2016, de 17 de mayo, de selección de EDLP y en el Decreto por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de
programación de desarrollo rural 2014-2020. Esta reasignación será comunicada al Comité
de Seguimiento del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020. Todo ello en
consonancia con la necesaria consecución de los hitos del programa, sobre la base de la información y las evaluaciones que se realicen, de cara a la aplicación del marco del rendimiento.
En todo caso, estos trámites o autorizaciones deberán adoptarse con carácter previo al Acuerdo de Modificación”.
Octavo. A propuesta del GAL ZAFRA-RÍO BODIÓN, una parte de los fondos asignados a la
submedida 19.1 “AYUDA PREPARATORIA” por importe de 86.316,38 €, procedentes del PDR
2014-2022 que no han gastado en la elaboración de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2023-2027 (EDLP 2023-2027) junto con una parte de los fondos asignados a la
submedida 19.3 “PREPARACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN
DEL GAL” por importe de 41.687,19 € deben ser reasignados a las submedidas 19.2 “APOYO
A LA APLICACIÓN DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL
PARTICIPATIVO” y 19.4 de “APOYO A LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y ANIMACIÓN”.
Las cantidades que serán reasignadas suman un total de 128.003,57 € y serán repartidas de
forma que la submedida 19.2 recibe un alta de 106.424,48 € con el fin de poder realizar otras
actuaciones que necesite su territorio en lo que resta del periodo de programación 20142022, cuya fecha de elegibilidad se extiende hasta el 31/12/2025 y la submedida 19.4 recibe
un alta de 21.579,09 € para hacer frente a los gastos de funcionamiento hasta finales de año.
Asimismo, se incluye la modificación de las distintas asignaciones según las fuentes de cofinanciación de la medida 19 afectadas por las nuevas tasas de cofinanciación acordadas tras
la última modificación del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022, siendo
en este caso, del 85 % para FEADER y 15 % para las Administraciones nacionales. Esta modificación ha sido aprobada mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 27.9.2024 por