Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Información Pública. (2024082197)
Anuncio de 19 de diciembre de 2024 por el que se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental integrada del proyecto de una planta de biometanización de residuos, promovida por Helga Power, SL, a ubicar en el término municipal de Villafranca de los Barros, provincia de Badajoz. Expte.: AAI23/030.
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NÚMERO 11
Viernes 17 de enero de 2025
3086
ANUNCIO de 19 de diciembre de 2024 por el que se somete a información
pública la solicitud de autorización ambiental integrada del proyecto de una
planta de biometanización de residuos, promovida por Helga Power, SL, a
ubicar en el término municipal de Villafranca de los Barros, provincia de
Badajoz. Expte.: AAI23/030. (2024082197)
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 1/2016,
de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, y en el artículo 13 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en
general que la solicitud de autorización ambiental integrada del proyecto de una planta de
biometanización de residuos, promovida por Helga Power, SL, a ubicar en el término municipal
de Villafranca de los Barros, provincia de Badajoz, podrá ser examinada, durante un plazo de
30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el
Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, sitas en avda. Valhondo, s/n., de la localidad de Mérida, previa cita solicitada a través del
correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, la solicitud de autorización ambiental integrada ha sido remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, para que promueva la participación real y efectiva de los interesados en el procedimiento de otorgamiento
de la autorización ambiental integrada (artículo 14 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de
16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control
integrados de la contaminación).
Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento administrativo, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.28 y 13.9 de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación
con el artículo 14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura
orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Este instrumento de intervención administrativa ambiental, autoriza y condiciona la ejecución
y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme a lo
dispuesto en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el otorgamiento de la autorización ambiental integrada precede a las
demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas (artículo 11.4), no pudiendo
autorizarse o ejecutarse el proyecto sin que previamente se haya formulado el informe de
Viernes 17 de enero de 2025
3086
ANUNCIO de 19 de diciembre de 2024 por el que se somete a información
pública la solicitud de autorización ambiental integrada del proyecto de una
planta de biometanización de residuos, promovida por Helga Power, SL, a
ubicar en el término municipal de Villafranca de los Barros, provincia de
Badajoz. Expte.: AAI23/030. (2024082197)
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 1/2016,
de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, y en el artículo 13 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en
general que la solicitud de autorización ambiental integrada del proyecto de una planta de
biometanización de residuos, promovida por Helga Power, SL, a ubicar en el término municipal
de Villafranca de los Barros, provincia de Badajoz, podrá ser examinada, durante un plazo de
30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el
Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, sitas en avda. Valhondo, s/n., de la localidad de Mérida, previa cita solicitada a través del
correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, la solicitud de autorización ambiental integrada ha sido remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, para que promueva la participación real y efectiva de los interesados en el procedimiento de otorgamiento
de la autorización ambiental integrada (artículo 14 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de
16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control
integrados de la contaminación).
Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento administrativo, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.28 y 13.9 de la Ley 16/2015, de
23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación
con el artículo 14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura
orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Este instrumento de intervención administrativa ambiental, autoriza y condiciona la ejecución
y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme a lo
dispuesto en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el otorgamiento de la autorización ambiental integrada precede a las
demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas (artículo 11.4), no pudiendo
autorizarse o ejecutarse el proyecto sin que previamente se haya formulado el informe de