Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060042)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Cuarta Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación para la promoción y el desarrollo rural del Geoparque Mundial de la UNESCO de Villuercas-Ibores-Jara (APRODERVI)" para la aplicación del enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.
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NÚMERO 10

2726

Jueves 16 de enero de 2025

CUARTA ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO Y EL GRUPO DE ACCIÓN LOCAL “ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO RURAL DEL GEOPARQUE MUNDIAL DE LA UNESCO DE VILLUERCAS-IBORES-JARA (APRODERVI)” PARA
LA APLICACIÓN DEL ENFOQUE LEADER DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL
2014-2020 EN EXTREMADURA, FIRMADO EL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DE 2016.
22 de diciembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de
Extremadura, representada por Doña Mercedes Morán Álvarez, en virtud del Decreto de la
Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias
de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, debidamente autorizada, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de diciembre de 2024.
Y de otra, el Grupo de Acción Local “ASOCIACIÓN PARA LA PROMOCIÓN Y EL DESARROLLO
RURAL DEL GEOPARQUE MUNDIAL DE LA UNESCO DE VILLUERCAS-IBORES-JARA” (APRODERVI), en adelante GAL APRODERVI, con sede en Paseo de Extremadura, 6, en el municipio
de Cañamero, (Cáceres), con N.I.F. n.º G10205268, representado por su presidenta Doña M.ª
Ángeles Díaz Benito, nombrada por acuerdo de dicha entidad de fecha 16 de octubre de 2023
y facultada para la firma del presente Convenio.
Las partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la Adenda al
presente Convenio y a tal efecto
EXPONEN
Primero. Que la finalidad del Convenio suscrito el 25 de noviembre de 2016 es establecer la
relación entre el GAL APRODERVI y la Consejería competente en materia de Desarrollo Rural
para la aplicación de la Metodología LEADER del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020,
en el ámbito territorial del GAL y en función de su Estrategia de Desarrollo Local Participativo
(en adelante EDLP) seleccionada conforme al Decreto 64/2016, de 17 de mayo de selección
de Estrategias de Desarrollo Local Participativo (DOE 97, lunes 23 de mayo de 2016) para
el Periodo de Programación 2014-2020 y lo determinado en el marco jurídico básico de las
acciones comunitarias a favor del desarrollo rural, el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a
través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Reglamento de Ejecución