Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060039)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Cuarta Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo Integral de la Comarca de la Vera (ADICOVER)" para la aplicación del enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.
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NÚMERO 10
Jueves 16 de enero de 2025

2704

Cuando la revisión, incluidas las que puedan derivarse de las evaluaciones de la aplicación
del programa del GAL, implique modificación de los cuadros financieros, su aprobación corresponderá a la Consejería, quienes darán traslado de esta al Comité de Seguimiento del
PDR de Extremadura 2014-2020.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo primero de la presente cláusula, en caso de
retraso en la ejecución del programa comarcal y en el cronograma de pagos, las autoridades competentes, en orden a un mejor cumplimiento del programa regional y a una
mayor eficiencia de las dotaciones financieras del mismo, podrán ajustar la contribución
financiera asignada al programa comarcal a la evolución real del mismo, reasignando, en el
marco del programa regional, las dotaciones procedentes de estos ajustes en los términos
previstos en el Decreto 64/2016, de 17 de mayo, de selección de EDLP y en el Decreto por
el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de
gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020. Esta reasignación
será comunicada al Comité de Seguimiento del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020. Todo ello en consonancia con la necesaria consecución de los hitos del
programa, sobre la base de la información y las evaluaciones que se realicen, de cara a la
aplicación del marco del rendimiento.
En todo caso, estos trámites o autorizaciones deberán adoptarse con carácter previo al
Acuerdo de Modificación”.
Octavo. A propuesta del GAL ADICOVER, una parte de los fondos asignados a la submedida
19.3 “PREPARACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN DEL GAL” que
no tienen previsto gastar en actuaciones de cooperación deben ser asignados a la submedida
19.2 “APOYO A LA APLICACIÓN DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO” con el fin de poder realizar otras actuaciones que necesite su
territorio en lo que resta del periodo de programación 2014-2022, cuya fecha de elegibilidad
se extiende hasta el 31/12/2025.
Según lo indicado, se propone dar una baja de 37.735,58 € en la submedida 19.3 y dar un
alta en la submedida 19.2 por el mismo importe.
El GAL ADICOVER ha propuesto dar una baja en la submedida 19.4 de “APOYO A LOS GASTOS
DE FUNCIONAMIENTO Y ANIMACIÓN” por importe de 65.000,00 € para dar un alta por esa
misma cuantía en la submedida 19.2.
Por tanto, con las bajas en las submedidas 19.3 y 19.4, la submedida 19.2 recibe un alta de
102.735,58 €.