Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2025060026)
Resolución de 5 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación de un horno crematorio en tanatorio, promovido por Tanatorio Funeraria Moreno, SL, en el término municipal de Villafranca de los Barros.
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NÚMERO 10
2798
Jueves 16 de enero de 2025
2. L
os residuos no peligrosos que se generarán por la actividad industrial son los siguientes:
Código LER
Cantidad máxima
anual
Mezclas de residuos muResiduos municipales
nicipales
20 03 01
300 kg
Previsiones de almacén
Embalajes
15 01 02
100 kg
Papel
15 01 01
250 kg
Origen
Oficina
Descripción
LER: Lista Europea de Residuos publicada por la decisión de la Comisión 2014/955/UE. Los residuos cuyos códigos
LER aparecen marcados con un asterisco están considerados como residuos peligrosos.
(I)
3. S
e prevé la posibilidad de que tras todo el proceso de cremación haya un resultante tipo
marcapasos, prótesis, restos metálicos y similares. Se deberá disponer de almacenamiento
adecuado para estos residuos, previo a su retirada por gestor autorizado. El titular de la
AAU habrá de llevar un registro de la gestión y documentación justificativa de su retirada,
conforme a lo dispuesto en el apartado h.5 del presente informe.
4. L
a generación de cualquier otro residuo no indicado en los apartados a.1 y a.2 deberá ser
comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS) con objeto de evaluarse la
gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación y, en su caso,
autorizar la producción del mismo.
5. A
ntes del inicio de la actividad, el titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se
harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización
o eliminación.
-b- Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica
1. L
a actividad industrial contará con los focos de emisión de contaminantes a la atmósfera
que indican en la siguiente tabla:
Foco de emisión
Clasificación CAPCA
ID
Denominación
Grupo
Código
S
NS C
1
2 quemadores modelo
FLAXMER GX3.22 TL
250 de 0,150 MWt
cada uno
B
09 09 01
00
x
x
D
Combustible
o producto
asociado
Gasóleo C,
féretro y
difunto
Proceso asociado
Cremación.
2798
Jueves 16 de enero de 2025
2. L
os residuos no peligrosos que se generarán por la actividad industrial son los siguientes:
Código LER
Cantidad máxima
anual
Mezclas de residuos muResiduos municipales
nicipales
20 03 01
300 kg
Previsiones de almacén
Embalajes
15 01 02
100 kg
Papel
15 01 01
250 kg
Origen
Oficina
Descripción
LER: Lista Europea de Residuos publicada por la decisión de la Comisión 2014/955/UE. Los residuos cuyos códigos
LER aparecen marcados con un asterisco están considerados como residuos peligrosos.
(I)
3. S
e prevé la posibilidad de que tras todo el proceso de cremación haya un resultante tipo
marcapasos, prótesis, restos metálicos y similares. Se deberá disponer de almacenamiento
adecuado para estos residuos, previo a su retirada por gestor autorizado. El titular de la
AAU habrá de llevar un registro de la gestión y documentación justificativa de su retirada,
conforme a lo dispuesto en el apartado h.5 del presente informe.
4. L
a generación de cualquier otro residuo no indicado en los apartados a.1 y a.2 deberá ser
comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS) con objeto de evaluarse la
gestión más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación y, en su caso,
autorizar la producción del mismo.
5. A
ntes del inicio de la actividad, el titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, se
harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización
o eliminación.
-b- Medidas de protección y control de la contaminación atmosférica
1. L
a actividad industrial contará con los focos de emisión de contaminantes a la atmósfera
que indican en la siguiente tabla:
Foco de emisión
Clasificación CAPCA
ID
Denominación
Grupo
Código
S
NS C
1
2 quemadores modelo
FLAXMER GX3.22 TL
250 de 0,150 MWt
cada uno
B
09 09 01
00
x
x
D
Combustible
o producto
asociado
Gasóleo C,
féretro y
difunto
Proceso asociado
Cremación.