Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060028)
Resolución de 5 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de modificado de concesión de puesta en riego por goteo de 275,1598 ha de frutales de hueso en la finca "Dehesa Boyal", ubicada en el polígono 4, parcelas 1, 57, 60, 61, 62 y 132, polígono 5, parcelas 2 y 9000 y polígono 7, parcela 57, del término municipal de Madrigalejo (Cáceres). Expte.: IA23/0364.
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NÚMERO 10
Jueves 16 de enero de 2025

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En cuanto a la alegación presentada referida a la simplicidad paisajística, el promotor indica que se pasa con el proyecto de un entorno con un río, zonas de secano,
de regadío y dehesas, al mismo río, con un nuevo reparto entre secano regadío,
manteniendo en su totalidad las dehesas, hay un mínimo cambio en el paisaje no
hay una simplificación.
C.2.6 Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
La calidad del aire se verá afectada por la emisión de partículas derivadas de los
trabajos de preparación del terreno (movimientos de tierras, construcción de zanjas, transporte y carga de materiales, etc.), por gases derivados de la combustión y
compuestos orgánicos volátiles derivados del uso de vehículos de obra y maquinaria,
así como aumento de los niveles sonoros). Una vez concluidas las obras esta afección desaparece.
Durante la fase de funcionamiento, los elementos que pueden originar ruidos y emisiones de partículas serán los procedentes de la maquinaria que realice las labores
culturales de los cultivos y el funcionamiento de los equipos de bombeo, teniendo
estos una baja incidencia sobre el entorno mediante el cumplimiento de toda la normativa relativa a ruidos. La contaminación lumínica es mínima o inexistente.
C.2.7 Patrimonio arqueológico y dominio público.
En cuanto al patrimonio cultural, según informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural hay presencia de varios yacimientos en las
proximidades de la futura instalación, fundamentalmente el yacimiento denominado
Dehesa Boyal 11 (YAC79432) y de cara a caracterizar posibles afecciones del proyecto sobre el patrimonio arqueológico no detectado en superficie que pudiera verse
afectado durante el transcurso de las obras, se establecen una serie de medidas
incluidas en el informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural.
En relación al dominio público hidráulico (DPH), como ya se ha indicado anteriormente, parte de la superficie de riego se ubicaría en zona de policía, el cual constituye el DPH del Estado. En este sentido, se establecen obligaciones de solicitud de
autorizaciones previas para aquellas obras que se realicen en el DPH y sus zonas de
servidumbre o policía.
C.2.8 Consumo de recursos y cambio climático.
El principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a
regadío pretendida es el agua, que proviene de una toma en el canal que conecta el